REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 10 de Febrero de 2015
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2015-000314
ASUNTO : RP01-P-2015-000314
Vista y analizada la Solicitud de Sobreseimiento de la causa presentada por los ABG. MANUEL CANO PEREZ Y MARBELLA CAROLINA VARGAS GOMEZ, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público, con competencia en materia de ejecución de sentencias, comisionado a la Fiscalía Octava del Ministerio Público y Fiscal Auxiliar Octava del Ministerio Público, en donde aparece como imputados los funcionarios ALEXANDER ABOUHALA Y FREDDYS PEREZ, en la causa que se le iniciara por la presunta comisión del delito de ABUSO DE FUNCIONES, en perjuicio de MARIA FELICIDAD MARVAL RODRIGUEZ Y GLORIS DEL VALLE GAMARDO RODRIGUEZ, fundamentando su solicitud en que “… la falta de certeza, no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado” Todo esto de acuerdo a lo establecido en el Ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
El 11-08-2008, se recibió denuncia de las victimas ciudadanas MARIA FELICIDAD MARVAL RODRIGUEZ Y GLORIS DEL VALLE GAMARDO RODRIGUEZ, en las que manifestaron que los funcionarios policiales ALEXANDER ABOUHALA Y FREDDYS PEREZ, las amenazaron de muerte con sus armas de reglamento.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Estudiadas como han sido las presentes actuaciones se deja constancia de lo siguiente: Se ha individualizado a los funcionarios ALEXANDER ABOUHALA Y FREDDYS PEREZ, en la causa que se le iniciara por la presunta comisión del delito de ABUSO DE FUNCIONES, en perjuicio de MARIA FELICIDAD MARVAL RODRIGUEZ Y GLORIS DEL VALLE GAMARDO RODRIGUEZ, mas a pesar de la falta de certeza, no puede atribuírsele al imputado el referido delito, en virtud de que no existen suficientes elementos de convicción para estimar que efectivamente el referido ciudadano, sea responsable de la comisión del delito señalado, pues tal como lo señala la Fiscalía, una vez concluida la fase de investigación no fue posible establecer la perpetración, pues en el Libro de Novedades de ese organismo de seguridad, no existe asiento relacionado con el procedimiento de marras, aunado al hecho de que los testigos no acudieron a pesar de haber sido citados; deduciéndose de los antes expuesto que la falta de certeza, no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado. Por lo tanto este Juzgador ACUERDA SOBRESEIMIENTO en virtud de que la falta de certeza, no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado de conformidad con lo previsto en el ordinal 4° del artículo 300, del Código Orgánico Procesal Penal y así se decide.
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a los funcionarios ALEXANDER ABOUHALA Y FREDDYS PEREZ; en la causa que se le iniciara por la presunta comisión del delito de ABUSO DE FUNCIONES, en perjuicio de MARIA FELICIDAD MARVAL RODRIGUEZ Y GLORIS DEL VALLE GAMARDO RODRIGUEZ, POR LA FALTA DE CERTEZA, NO EXISTE LA POSIBILIDAD DE INCORPORAR NUEVOS DATOS A LA INVESTIGACIÓN Y NO HAY BASE PARA SOLICITAR FUNDADAMENTE EL ENJUICIAMIENTO DEL IMPUTADO de conformidad con lo previsto en el ordinal 4° del artículo 300, del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión a las partes, conforme a lo establecido en el artículo 175 Ejusdem. Y envíese las presente actuaciones al Archivo Central, en el lapso legal correspondiente. Cúmplase.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL,
ABG. DOUGLAS JOSÉ RUMBOS RUIZ
LA SECRETARIA
ABG. JESSYBEL BELLO
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