REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARUPANO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARUPANO
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y
MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03
Carúpano, 19 de Enero de 2015
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-003624
ASUNTO: RP11-P-2006-003624
Realizada como ha sido la audiencia de fecha: 21 de Noviembre de 2014, donde se constituyo en la sala de audiencias Nº 05 de este Circuito Judicial Penal del estado Sucre Extensión Carúpano, el Tribunal Tercero de Control, presidido por el Juez, Abg. Abelardo Royo, acompañado por la Secretaria Judicial Abg. Dorys Malavé y el Alguacil de la sala; a los fines de celebrar la AUDIENCIA ESPECIAL, en el asunto seguido al imputado CARLOS ALBERTO RONDÓN FRANCO, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad Se verificó la presencia de las partes y se dejó constancia que se encuentran presentes: El Fiscal Auxiliar Tercero del Ministerio Público con competencia en Materia de Drogas Abg. Luís Rafael Orsetti y el Defensor Público Abg. Jesús Mayz y el imputado Carlos Alberto Rondón Franco. Acto seguido pide la palabra el imputado CARLOS ALBERTO RONDÓN FRANCO, quien expone: yo cumplí con el trabajo comunitario pero el Consejo comunal no me ha entregado la constancia, por lo que le pido una nueva oportunidad, de hacer otro trabajo comunitario, Es todo. Acto seguido pide la palabra la defensa Pública Abg. Jesús Mayz, quien expone: Oído lo manifestado por mi representado solicito al tribunal se le fije un nuevo trabajo comunitario, conforme a lo previsto al articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo.” Acto seguido se le concede la palabra a la representante el Ministerio Público, quien expone: no me opongo a que se le amplié al imputado de autos el cumplimiento de las presentaciones. Es todo. Acto seguido toma la palabra el juez quien expone: escuchado lo manifestado por el imputado de autos, por la defensora, por la victima y la no oposición de la representante del Ministerio Público este Tribunal Tercero de Control ACUERDA la prorroga del Régimen de Presentaciones del imputado CARLOS ALBERTO RONDÓN FRANCO, las cual consistirá en la Limpieza y desmalezamiento de las adyacencias de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, la cual deberá realizarlo por el Lapso de Tres (03) Meses. Asimismo se Acuerda Verificar si el mismo cumplió con la prorroga aquí acordada el día 15/04/2015 a las 09:30 de la mañana en las Instalaciones de este circuito judicial. Líbrese Oficio a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial a los fines de informarle el régimen impuesto al imputado de autos, a los fines de que supervisen la labor impuesta al imputado de autos. Quedan notificados los presentes con la firma del acta. Así se decide; Cúmplase.
El Juez Tercero de Control
Abg. Abelardo Royo Henríquez
La Secretaria Judicial
Abg. Dorys Malavé