República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre




Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
De los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta
Del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
S E N T E N C I A I N T E R L O C U T O R I A
DEMANDANTE: ARISTIDE DE JESUS BOADA PATIÑO
DEMANDADO: EFRAIN JOSE LEZAMA TORRES
PRETENSIÓN: COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN.
FECHA: 03 DE DICIEMBRE DE 2015.
EXPEDIENTE: N° 10-5408.
N A R R A T I V A
LA DEMANDA
En fecha diecinueve de noviembre de dos mil diez, se admitió demanda por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, contra EFRAIN JOSE LEZAMA TORRES, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-12.661.176, domiciliado en la urbanización Santo Angel, Cumaná, incoada por ARISTIDE DE JESUS BOADA PATIÑO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V- 12.657.062, domiciliado en Cumaná, asistido por el profesional del derecho YENSIN JOSE YENDEZ LEON, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 80.754.-
La pretensión fue la cancelación de la cantidad de Cuarenta y un mil bolívares (Bs. 41.000,00) por concepto del monto de los cheques.
M O T I V A
Por cuanto en este caso ha operado la perención de la instancia, esta sentencia se limita a su comprobación.
Por lo que, al estar probado en el expediente, que entre las fechas de la admisión de la demanda, diecinueve (19) de noviembre de dos mil diez (2.010), y la de la publicación de esta sentencia, tres (03) de diciembre de dos mil quince (2.015), han transcurrió más de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento de las partes, ha operado la perención de la instancia, y así se decide.
D I S P O S I T I V A
Por cuanto, está plenamente probado en autos, que en la presente causa operó la perención de la instancia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda intentada por ARISTIDE DE JESUS BOADA PATIÑO, contra EFRAIN JOSE LEZAMA TORRES, por la pretensión de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN.
No hay condenatoria en costas.
Asimismo se deja sin efecto la Medida Preventiva decretada en fecha diecinueve (19) de noviembre de dos mil diez (2.010).
Regístrese, publíquese inclusive en la página Web del Tribunal y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. En Cumaná, a los tres (03) días de diciembre de dos mil quince (2015).
EL JUEZ PROVISORIO

ANTONIO JOSÉ LARA INSERNY
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. GIOVANNA CARVAJAL.
NOTA: Dando cumplimiento a las formalidades de Ley, y siendo las once y cuarenta de la mañana (11:40 a.m.), se publicó la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. GIOVANNA CARVAJAL.
AJLI/GC/ef.-EXP. N° 10-5408.-