CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 18 de Diciembre de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2011-001965
ASUNTO: RP11-P-2011-001965

Recibido como ha sido Informe presentado por la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa del Internado Judicial de Carúpano- Estado Sucre, constituido de manera excepcional en Centro de Coordinación Policial Gral. José Francisco Bermúdez, de esta ciudad, a favor del penado Vicente Rafael Alfonzo Rondón, titular de la Cedula de Identidad Nº 24.840.758, este Tribunal a los fines de decidir observa:

De la revisión del correspondiente informe encontramos que con el mismo se consigna constancia de trabajo, suscrita por los Funcionarios adscritos a ése recinto policial, mediante la que hacen constar que el penado de autos ha laborado en ése establecimiento penal, en la fabricación de piezas artesanales en el lapso comprendido desde el 02/08/2011 hasta el 17/09/2015, vale decir por un lapso de Cuatro,(4), años, Un,(1), mes y Quince,(15), días, lo que daría lugar a un tiempo real a redimir de Dos,(2), años , Veintidós,(22), días y Doce,(12), horas, tiempo este que es Redimido en este acto al penado de autos.

En consecuencia, este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Cumplido como se encuentran los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, REDIME al penado Vicente Rafael Alfonzo Rondón, titular de la Cedula de Identidad Nº 24.840.758, la pena de Dos,(2), años , Veintidós,(22), días y Doce,(12), horas, tiempo este que es Redimido en este acto al penado de autos.

Ahora bien, Ejecutada como ha sido la Redención de pena por trabajo y estudio a favor del penado Vicente Rafael Alfonzo Rondón, este Tribunal, Seguidamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 471 ordinal 1° y 474 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a practicar Nuevo Computo Actualizado de la pena, en los siguientes términos:

El Penado Vicente Rafael Alfonzo Rondón, venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, mayor de edad, estado civil: soltero, titular de la Cedula de Identidad Nº 24.840.758, de oficio agricultor, nacido el 19 de julio de 1993, hijo de Regulo Alfonzo y Petra Maria Rondon, domiciliado en: Guariquen, calle jagüey, casa S/N, cerca de la Escuela Bolivariana, Municipio Benítez Estado Sucre, se encuentra cumpliendo la pena de Seis (6) Años y Ocho (8) Meses de Prisión, mas las accesorias de ley, por estar incurso en la comisión del delito de Violación, previsto y sancionado en el articulo 374 Código Penal, en perjuicio de la Ramón Gregorio Maita González.

Ahora bien de la revisión de la causa se evidencia que, en el auto de ejecución de penas respectivo de fecha 11 de Abril del año 2014, se determinó que dicho penado se encontraba detenido desde el 30 de Julio del 2011 , situación en que se ha mantenido hasta la presente fecha, por lo que tiene una pena física cumplida de Cuatro,(4), años, Cuatro,(4), meses y Dieciocho,(18), días que sumados al lapso de Dos,(2), años , Veintidós,(22), días y Doce,(12), horas redimidos en este acto, hacen un total de pena Legalmente cumplida de Seis,(6), años, Cinco,(5), meses, Diez,(10), días y Doce,(12), horas , quedándole por cumplir de la pena impuesta el lapso de Dos,(2), meses, Diecinueve,(19), días y Doce,(12), horas, que vencerán de manera definitiva el 07 de marzo del 2016 a las 12:00 Meridiam. y así se decide

DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, Actualiza el Cómputo correspondiente al penado Vicente Rafael Alfonzo Rondón, venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, mayor de edad, estado civil: soltero, titular de la Cedula de Identidad Nº 24.840.758, de oficio agricultor, nacido el 19 de julio de 1993, hijo de Regulo Alfonzo y Petra Maria Rondon, domiciliado en: Guariquen, calle jagüey, casa S/N, cerca de la Escuela Bolivariana, Municipio Benítez Estado Sucre, quien se encuentra cumpliendo la pena de Seis (6) Años y Ocho (8) Meses de Prisión, mas las accesorias de ley, por estar incurso en la comisión del delito de Violación, previsto y sancionado en el articulo 374 Código Penal, en perjuicio de la Ramón Gregorio Maita González, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 471,474 476 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase boleta informativa para el penado Junto a copia certificada de la presente decisión a la dirección Centro de Coordinación Policial Gral. José Francisco Bermúdez , sitio de reclusión del penado. Por cuanto el penado de autos, agotó las tres ,(3), cuartas partes de la pena impuesta, lo que lo hace acreedor a optar por la gracia de conmutación de pena por confinamiento, se ordena oficiar a la división de antecedentes penales del Ministerio del Poder Popular Para las relaciones interiores, justicia y paz. Notifíquese a la defensa y al ministerio público ofíciese lo conducente. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución.

Abg. Luís Mariano Marsella.
La Secretaria Judicial.
Abg. Laimalia Moya.