REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARUPANO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE-EXT. CARÚPANO
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES
EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03

Carúpano, 17 de Diciembre de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2015-003121
ASUNTO: RJ11-P-2015-000048


Revisada la presente causa; y observando de la misma que conforma un cuaderno separado de la causa principal; RP11-P-2015-003121; y tiene fijada para el día; 19/01/2016; a las 10:15 de la mañana; audiencia preliminar; por la presunta comisión del delito de Privación Ilegitima de libertad Previsto y Simulación de Hecho Punible; previstos y sancionado en los artículos 174 y 239 del Código Penal, respectivamente; como quiera que se trata de los mismos hechos de fecha: 31/07/2014; y de los mismos delitos; en base al Principio de la Unidad del Proceso; y por cuanto el expediente no se observa boletas de notificación de forma efectiva; ni consignación de las mismas de forma positiva; en consecuencia se acuerda dejar si efecto Mandato de Conducción, de la imputada JUANA VIOLETA NAVARRO BRAVO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.456.780; oficiando al Ciudadano Comandante de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela de Destacamento Nº 78, Segunda Compañía; con sede en Carúpano; Estado Sucre; de acuerdo al oficio Nº OFICIO Nº: RJ11OFO2015011996; de fecha 30/11/2015, y en sus e efectos se acuerda practicar la correspondiente boleta de notificación para el día 19 de enero de 2016; a las 10:15 de la mañana; en su condición de Imputada de la presente causa; líbrese los correspondientes oficios y notificaciones ; así se decide; Cúmplase.
JUEZ TERCERO DE CONTROL

ABG. ABELARDO ROYO LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA,


ABG. DORYS MALAVÉ.