REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO DEL PRIMER CIRCUITO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO
PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Casanay, 04 de Agosto de 2015
205° y 156°
Por recibida la solicitud que antecede, presentada por el ciudadano LA ROSA CESAR TEODORO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Número: V- 2.663.887, y de este domicilio, asistido por el Abogado en ejercicio JOSÉ CAMPOS e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 93.469, este Tribunal la admite por no ser contraria a derecho y ordena su asiento en el Libro respectivo. En consecuencia, evácuese las testimoniales y devuélvase original con sus resultas al solicitante sin decreto alguno de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase. Diarícese.
LA JUEZA PROVISORIA,
Abg. ISMEIDA LUNA TINEO.
LA SECRETARIA,
Abg. ANNELIESSE RODRIGUEZ FIGUERA.
…En esta misma fecha, se asentó en el Libro de Solicitudes No Contenciosas llevado por este Tribunal bajo el N° 15-18.
LA SECRETARIA,
Abg. ANNELIESSE RODRIGUEZ FIGUERA.
ILT/arf/mlv
Sol. N° 15-18
En el día de hoy, cuatro (04) de Agosto del año dos mil quince (2015), presentó la interesada a una persona que juramentada legalmente dijo ser y llamarse: YRAIDA MERCEDES VALERIO HERNANDEZ, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, soltera, de ocupación u oficio del Hogar, domiciliada en: Cariaquito, Calle Congresillo, casa s/n, Cariaco, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero, y titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.345.586, quien impuesta del motivo de su comparecencia y de la Generales de la Ley sobre testigos manifestó estar dispuesta y no tener impedimento para declarar. A continuación fue interrogada por el Tribunal, sobre los particulares contenidos en el escrito de la solicitud. AL PRIMERO: CONTESTO: “Si conozco al señor LA ROSA CESAR TEODORO, desde hace aproximadamente trece años de vista trato y comunicación”.- AL SEGUNDO: CONTESTO: “Si conocí a la señora CARMEN GISELA RAMÍREZ, quien en vida fue, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V- 2.671.617”.- AL TERCERO: CONTESTO: “Si sé y me consta que el señor antes mencionado esta domiciliado en esa dirección.”.- AL CUARTO: CONTESTO: “Si sé y me consta que los ciudadanos antes mencionados mantuvieron y vivieron unidos en unión concubinato por treinta años aproximadamente hasta el momento de su muerte, que fue el treinta de Marzo de este año 2015”.- AL QUINTO: CONTESTO: “Si sé y me consta que eso es asi”.- AL SEXTO: CONTESTO: “Si sé y me consta por que soy vecina”.- Cesó el interrogatorio.- Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA.
Abg. ISMEIDA LUNA TINEO.
LA TESTIGO.
YRAIDA MERCEDES VALERIO HERNANDEZ.
LA SECRETARIA
Abg. ANNELIESSE RODRÍGUEZ FIGUERA.
…Seguidamente en el mismo día de despacho de hoy, cuatro (04) de Agosto del año dos mil quince (2015), presentó el interesado a una persona que juramentado legalmente dijo ser y llamarse: JOSE GREGORIO SANCHEZ, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, soltero, de ocupación u oficio Albañil, domiciliado en: Cariaquito, Calle Congresillo, casa s/n, Cariaco, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre, y titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.290.172, quien impuesto del motivo de su comparecencia y de la Generales de la Ley sobre testigos manifestó estar dispuesto y no tener impedimento para declarar. A continuación fue interrogado por el Tribunal, sobre los particulares contenidos en el escrito de la solicitud AL PRIMERO: CONTESTO: “Si conozco al ciudadano LA ROSA CESAR TEODORO, desde hace aproximadamente veinticinco años de vista trato y comunicación”.- AL SEGUNDO: CONTESTO: “Si conocí a la ciudadana CARMEN GISELA RAMIREZ, quien en vida fue, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 2.671.617”.- AL TERCERO: CONTESTO: “Si sé y me consta que el ciudadano ante mencionado esta domiciliado en la calle Principal del Barrio Cariaquito, casa s/n, de la Población de Cariaco, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre.”.- AL CUARTO: CONTESTO: “Si sé y me consta que los ciudadanos antes mencionados mantuvieron y vivieron en unión concubinato por treinta años aproximadamente hasta el momento de su muerte que fue en esa fecha treinta de Marzo de este año 2015”.- AL QUINTO: CONTESTO: “Si, me consta porque es así.-” AL SEXTO: CONTESTO: “Si sé y me consta por que soy vecina”.- Cesó el interrogatorio.- Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA.
Abg. ISMEIDA LUNA TINEO.
EL TESTIGO.
JOSE GREGORIO SANCHEZ.
LA SECRETARIA.
Abg. ANNELIESSE RODRIGUEZ FIGUERA.