REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 10 de Agosto de 2015
205º y 156º
ASUNTO: JMS1-S-7549-15
SOLICITANTE: BERMUDEZ DE PEREZ BETSABETH
MOTIVO: CURATELA
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisada la testimonial promovida en la presente solicitud, presentada por la ciudadana BERMUDEZ DE PEREZ BETSABETH, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.499.195, de este domicilio, debidamente asistida por los abogados CESAR DANIEL MARIN COVA, inscrito en el IPSA bajo los Nros 202.867, en el cual solicita la designación de un CURADOR ESPECIAL, que represente a su hijo el niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de siete (07) años de edad, en la Protocolización y Traspaso de los Derechos que le corresponden en las Acciones de las empresas INTERSAT TV C.A, empresa inscrita ante el registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Sucre en fecha 29 de enero del año 2008, bajo el N° 56, Tomo A-20 (Primer Trimestre) Folios 250 al 254 y su vto, con Acta de Asamblea efectuada el día 08 de agosto del año 2009, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Sucre en fecha 20 de agosto del año 2009, bajo el N° 73 tomo A-09, folios 317 al 320 y su vto (tercer trimestre) y LAGUNASAL C.A, inscrita Ante el registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, bajo el N° 33, Tomo A-20 (1° Trimestre) folios 128 al 132 y su vto, de fecha 18 de enero de 2008, respectivamente por la muerte de su padre el de Cujus RAFAEL LUIS PEREZ PERICHI, quien era titular de la cedula de identidad N° 11.057.190, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y DECLARA COMO CURADOR ESPECIAL al ciudadano al ciudadano OMER JOSÉ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 11.380.455, domiciliado en la calle Negro, casa s/n., Municipio Cruz Salmerón Acosta del estado Sucre, para que represente niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de siete (07) años de edad, en la Protocolización y Traspaso de los Derechos que le corresponden en las Acciones de las empresas INTERSAT TV C.A, Asimismo se acuerda la devolución de los documentos originales con sus resultas, previa certificación en autos.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación,
Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los diez (10) días del mes de agosto del año Dos Mil Quince (2015). 205º Años de la Independencia y 156º de la Federación.
La Jueza
ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI
Secretaria
La presente decisión se dicto dentro de su lapso legal.
Secretaria
MEG/luisa.-
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