REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 26 de Agosto del 2.015.
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-004883
ASUNTO : RP01-P-2010-004883
CÓMPUTO ACTUALIZADO DE PENA.
PENADO: ISMAEL JESUS CASTAÑEDA MALAVE.
Vista la solicitud planteada por el Abogado. ALEJANDRO J. SUCRE C en su carácter de Defensor Público Auxiliar encargado Segundo en Penal ordinario, en donde le solicita a este Tribunal Computo Actualizado de Pena de su defendido: ISMAEL JESUS CASTAÑEDA MALAVE y que él mismo sea incluido en la próxima Junta de Redención a celebrarse en el Internado Judicial de San Antonio, Región Insular, Estado Nueva Esparta. Este Tribunal para decidir observa:
Se evidencia de los autos que el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, mediante decisión de fecha 24 de enero de 2012 condenó al penado: ISMAEL JESUS CASTAÑEDA MALAVE, venezolano, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.661.873, nacido en fecha 13/05/1978, de oficio taxista, residenciado en el Barrio Brasil, sector 01, vereda 16, casa Nº 10, Cumaná, Estado Sucre, por la comisión del delito de: VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: ANDREINA DEL VALLE FIGUEROA ARREDONDO, a cumplir la pena de: DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución, procedió a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 en concordancia con los artículos 481 y 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal mediante decisión de fecha: 23 de Febrero del 2.012, dejándose expresa constancia que se encuentra detenido desde el día 12 de diciembre del 2010.
Por efecto de lo solicitado, es pertinente hacer a la fecha Nuevo Cómputo de pena al condenado de autos, con inclusión de la redención a su favor acordada y al efecto se precisa:
COMPUTO:
Pena Total Impuesta: DIEZ (10) AÑOS DE PRISION.
Fecha de Detención: Desde el día: 12 de Diciembre del 2010, hasta el día de hoy (26-08-15), tiene un total de pena cumplida de: CUATRO (4) AÑOS, OCHO (08) MESES y CATORCE (14) DÍAS DE PRISIÓN. 1° Redención (23-08-2012): DIEZ (10) MESES, DOS (2) DÍAS y DOCE (12) HORAS. 2a Redención (08-11-13) SEIS (06) MESES, VEINTINUEVE (29) DÍAS y DOCE (12) HORAS. Pena cumplida con redenciones (Física+Redenciones al día de hoy (26-08-15): SEIS (6) AÑOS, UN (1) MES y DIECISEIS (16) DIAS DE PRISIÓN. Pena por cumplir: TRES (3) AÑOS, DIEZ (10) MESES y CATORCE (14) DÍAS DE PRISIÓN. Fecha en que finalizará la pena: 10 de Julio del año 2.019. De acuerdo al presente cómputo, el penado de autos, opta a la Formula Alternativa de Régimen Abierto. Y así se Decide.
DISPOSITIVA.
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA al día de hoy (26-08-15) al penado: ISMAEL JESUS CASTAÑEDA MALAVE, venezolano, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.661.873, nacido en fecha 13/05/1978, de oficio taxista, residenciado en el Barrio Brasil, sector 01, vereda 16, casa Nº 10, Cumaná, Estado Sucre. Total pena impuesta: DIEZ (10) AÑOS DE PRISION. Fecha de Detención: Desde el día: 12 de Diciembre del 2010, hasta el día de hoy (26-08-15), tiene un total de pena cumplida de: CUATRO (4) AÑOS, OCHO (08) MESES y CATORCE (14) DÍAS DE PRISIÓN. 1° Redención (23-08-2012): DIEZ (10) MESES, DOS (2) DÍAS y DOCE (12) HORAS. 2a Redención (08-11-13) SEIS (06) MESES, VEINTINUEVE (29) DÍAS y DOCE (12) HORAS. Pena cumplida con redenciones (Física+Redenciones al día de hoy (26-08-15): SEIS (6) AÑOS, UN (1) MES y DIECISEIS (16) DIAS DE PRISIÓN. Pena por cumplir: TRES (3) AÑOS, DIEZ (10) MESES y CATORCE (14) DÍAS DE PRISIÓN. Fecha en que finalizará la pena: 10 de Julio del año 2.019. De acuerdo al presente cómputo, el penado de autos, opta a la Formula Alternativa de Régimen Abierto. Así se decide.- Líbrese oficio remitiendo Copia Certificada del presente Auto de Cómputo Actualizado de Pena al Director del Internado Judicial de San Antonio, Región Insular, Estado Nueva Esparta quien se encuentra recluido en dicho establecimiento penal. Líbrese Boleta de Notificación a la Defensa Pública Penal. Líbrese Boleta Informativa al penado de autos, para su inmediata entrega, recluido en el Internado Judicial de la Región Insular, Estado Nueva Esparta. Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Líbrese oficio al Equipo Multidisciplinario del Internado Judicial de San Antonio, Región Insular, Estado Nueva Esparta, para la práctica de la evaluación psicosocial al penado de autos, quién opta a la Formula Alternativa de Régimen Abierto. Líbrese oficio al Director del Internado Judicial de la Región Insular, Estado Nueva Esparta para que incluya en la próxima Junta de Redención al penado de auto ha celebrarse en dicha Institución. Líbrese las Boletas de notificaciones e Informativa así como el oficio respectivo. CÚMPLASE.-
El Juez Segundo de Ejecución.
Abg. José Gregorio Morey Arcas.
El Secretario.
Abg. Beltrán Romero Marcano.