REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 17 de Agosto del 2.015.
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : RK01-P-2002-000031
ASUNTO : RK01-P-2002-000031

Visto el escrito suscrito y presentado por los abogados. ENRIQUE TREMONT RIVAS y ELOY JOSE RENGEL OTERO en donde le solicitan a este Juzgado se pronuncie a la brevedad posible sobre la Medida Humanitaria a favor del penado: SALVADOR EDUARDO OLIVEROS quien padece de una enfermedad Terminal del Sida desde hace más de Tres (3) Años con síntomas muy pronunciados y el penado: JESUS MORALES de 67 años de edad, con una Hipertensión inestable y antecedentes de ACV transitorio, demostrado en exámenes médicos consignados y los mismos ameritan de un cuidado médico que no lo reciben en el Centro donde se encuentran recluidos y afectándolos las condiciones ambientales, encontrándose descompensados, presentando vómitos, diarreas, tensión baja, dolores de cabeza y mareos; este Tribunal una vez analizado el presente escrito y cada una de las actas procesales que conforman la causa, considera que lo ajustado a derecho es antes de dar el pronunciamiento de ley, notificar y recibir la Opinión del Fiscal de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público sobre la solicitud planteada sobre la Medida Humanitaria a favor de los penados de autos de conformidad con lo establecido en el artículo 492 del Código Orgánico Procesal Penal y una vez verificado el cumplimiento de los requisitos de ley, se resolverá lo planteado; y es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ACUERDA fijar Audiencia Oral para el día: 25-08-15 a las 2:30 pm a fin de recibir la Opinión del Fiscal de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público sobre la solicitud planteada sobre la Medida Humanitaria a favor de los penados: SALVADOR EDUARDO OLIVEROS y JESUS MORALES de conformidad con lo establecido en el artículo 492 del Código Orgánico Procesal Penal y una vez verificado el cumplimiento de los requisitos de ley, se decidirá lo planteado. Líbrese Boletas de Traslado de los penados, quienes se encuentra recluidos en el IAPES. Líbrese Boletas de Notificación al Fiscal de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público y a la Defensa Privada. Líbrese Boleta de Notificación a la Dra. Beanelys Velásquez Médico Forense adscrito al Servicio de Medicina y Ciencias Forense del MPPRIJP-.
El Juez Segundo de Ejecución.
Abg. José Gregorio Morey Arcas.


El Secretario.
Abg. Beltrán Romero Marcano