REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 11 de Agosto de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2015-005451
ASUNTO : RP01-P-2015-005451

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida a JOEL JOSE MARVAL, por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, en perjuicio de la adolescente GRAILY DE LOS ANGELES SUAREZ RAMOS, este Tribunal observa:

Cursa en la causa escrito suscrito por el Abogado CARMEN ESPERANZA HERNANDEZ, Fiscal Quinta del Ministerio Público, mediante el cual solicita a este Tribunal se DECRETE EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el numeral 8 del artículo 49 del Código Penal, por haber operado la prescripción ordinaria de la acción penal, no siendo interrumpida la misma.

En base a tal pedimento, observa este Tribunal que la presente causa tuvo inicio en fecha 15-05-2015, mediante denuncia formulada por la victima en la que manifestó que el investigado abuso de ella sexualmente; Ahora bien, se evidencia de autos que riela al folio 55, protocolo de autopsia Nº A-185-15 de fecha 30/06/2015, expedida por el anatomopatólogo forense doctora ALCIRA ZARAGOZA, donde la misma certifica que el cadáver del ciudadano JOEL JOSE MARVAL, falleció a consecuencia de insuficiencia respiratoria aguda debido a hemorragia pulmonar bilateral debido a traumatismo cerrado de tórax debido a lesiones con objeto contundente, en consecuencia, procede a decretar la extinción de la acción penal por prescripción y se decreta el sobreseimiento de la presente causa, ello de conformidad con lo establecido en los artículos 49 numeral 1 y artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal; y así se decide.-

Por las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a JOEL JOSE MARVAL, por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, en perjuicio de la adolescente GRAILY DE LOS ANGELES SUAREZ RAMOS; de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes conforme al artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal, remítase la causa al Archivo Judicial Regional con sede en esta ciudad a los fines de su custodia, autorizándose ampliamente al ciudadano Jefe del Archivo de este Circuito, para que efectúe el trámite necesario. Cúmplase.-
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL

ABG. ELIZABETH SUÁREZ LÓPEZ
LA SECRETARIA SUPLENTE

ABG. MARIA VICTORIA AGUILAR GARCIA