LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 13 de Abril de 2.015.-
204º y 156º.-
Exp. N° 17.279.

DEMANDANTE: SALAH EL HALABA, titular de la Cédula de
Identidad N° 19.733.174.

APODERADO: HÉCTOR ENRIQUE GONZÁLEZ MALAVER,
Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.995

DOMICILIO PROCESAL: calle Carabobo, Casa S/N. Carúpano, Parroquia
Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre.

DEMANDADO: “EL ALAZÁN DE ORO, S.A.” en la persona de
su presidente ciudadano JHONNY DEL
VALLE LARA DELGADO, titular de la Cédula
de Identidad N° 15.030.180.

APODERADO: NO OTORGÓ.

DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYÓ.

MOTIVO: RESOLUCIÓN DE CONTRATO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE
DEFINITIVA.

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano SALAH EL HALABA, titular de la Cédula de Identidad N° 19.733.174, asistido por el abogado en ejerció HÉCTOR GONZÁLEZ MALAVER, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.995, y visto igualmente el convenimiento sucrito en el Documento Consignado, este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito. Así se decide.-
La Juez,

Abg. Susana García De Malavé.-
La Secretaria.,

Abg. Francis Vargas Campos.-

Exp. N° 17.279.-
SGDM/Fvc/ecm.-