REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 12 de Septiembre de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-004024
ASUNTO : RP01-P-2014-004024

Celebrada como ha sido en el día de hoy, Doce (12) de Septiembre de Dos Mil Catorce (2014), AUDIENCIA ORAL DE IMPOSICIÓN DE LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO, en la causa RP01-P-2014-004024 seguida a los ciudadanos JOSÉ JAVIER ROSALES PÉREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V 23.923.083, de 21 años de edad, nacido en fecha 14-09-92, natural de Cumaná-, de estado civil Soltero, de oficio promotor Social, hijo de Viainez Pérez y Francisco Rosales, residenciado en el barrio Cumanagoto Primero, vereda A, casa N° 48, la Cooperativa Evangélica de esta ciudad; YORWIL EDUARDO PRADA RODRÍGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V 15.934.744, de 31- años de edad, nacido en fecha 30-03-83, natural de esta ciudad, de estado civil Soltero, de oficio obrero, hijo de Yoxi Rodriguez y Wilfredo Ramos, residenciado en el Barrio Cumanagoto Segundo N° 40, vereda 6, cerca de la Licorería San Pedrito, de esta ciudad; RONNY GABRIEL HERNÁNDEZ MUNDARAY, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V 20.991.395, de 23 años de edad, nacido en fecha 22-07-91, natural de esta ciudad, de estado civil Soltero, de oficio pescador, hijo de Melis Hernández y Ramón Mundaray, residenciado en el Barrio Cumanagoto Segundo, calle 3, casa N° 21-b, cerca de la Licorería San Pedrito, de esta ciudad-; WILMAN JOSÉ RODRÍGUEZ GARCÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V 20.575.156, de 24 años de edad, nacido en fecha 18-03-90, natural de esta ciudad, de estado civil Soltero, de oficio pescador, hijo de Carmen García y Wilmer Rodríguez, residenciado en el barrio Cumanagoto Segundo, calle principal, casa 85, cerca del Gimnasio, de esta ciudad; FERNANDO JOSÉ RODRÍGUEZ TORREALBA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V 18.754.184, de 29 años de edad, nacido en fecha 30-05-85, natural de esta ciudad, de estado civil Soltero, de oficio pescador artesanal, hijo de Franklin José Rodríguez y Ana María Torrealba, residenciado en EL Cumanagoto Norte, calle Priscila, casa N° 57, cerca de PDVAL; JESÚS ALBERTO PATIÑO RIVERO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V 21.093.965, de 24 años de edad, nacido en fecha 8-07-90, natural de esta ciudad, de estado civil Soltero, de oficio pescador hijo de Manuel Patiño y Juan Rivero, residenciado en Cumanagoto Primero, calle principal, casa N° 20, cerca de la Iglesia Evangélica; y EIVER JESÚS MARVAL VELÁSQUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-25.897.576, de 18 años de edad, nacido en fecha 06-09-1995, natural de esta ciudad, de estado civil Soltero, de oficio pescador, hijo de Andrés José Salvador Ramírez y Carmen Elena Gutiérrez Velásquez, residenciado en el sector el GUAPO, calle la Marina, casa s/n, cerca del Gimnasio, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD.

Seguidamente se verifica la presencia de las partes, dejándose constancia que se encuentran presentes: El Representante del Fiscalía Décimo Primero del Ministerio Público con Competencia en Materia de Drogas Abg. SIMON MALAVE, los investigados JOSÉ JAVIER ROSALES PÉREZ, YORWIL EDUARDO PRADA RODRÍGUEZ, RONNY GABRIEL HERNÁNDEZ MUNDARAY, WILMAN JOSÉ RODRÍGUEZ GARCÍA, FERNANDO JOSÉ RODRÍGUEZ TORREALBA, JESÚS ALBERTO PATIÑO RIVERO y EIVER JESÚS MARVAL VELÁSQUEZ, el Defensor Publico Segundo Abg. PEDRO ROJAS. Se dio inicio al acto y se le informó a las partes del motivo del mismo.

Se le otorgó la palabra al Fiscal del Ministerio Público, ABG. SIMON MALAVE, quien expuso: “Esta representación fiscal, ratifica en todas y cada una de sus partes, el escrito presentado en fecha 15/08/2014, cursante a los folios 76 al 81 la única pieza de la presente causa, mediante el cual se solicitó el sobreseimiento de la presente causa, a favor de los ciudadanos JOSÉ JAVIER ROSALES PÉREZ, YORWIL EDUARDO PRADA RODRÍGUEZ, RONNY GABRIEL HERNÁNDEZ MUNDARAY, WILMAN JOSÉ RODRÍGUEZ GARCÍA, FERNANDO JOSÉ RODRÍGUEZ TORREALBA, JESÚS ALBERTO PATIÑO RIVERO y EIVER JESÚS MARVAL VELÁSQUEZ, de conformidad de lo establecido en el artículo 300 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, motivado a que el legislador en la exposición de motivos de la ley orgánica de drogas, establece…. Que es de capital importancia afirmar que este procedimiento para el Caso de consumo no es un procedimiento penal en el sentido que el consumidor no es un delincuente, es considerado por la ley venezolana como un enfermo de pie. Por lo que solicito igualmente que se les impongan a los ciudadanos JOSÉ JAVIER ROSALES PÉREZ, YORWIL EDUARDO PRADA RODRÍGUEZ, RONNY GABRIEL HERNÁNDEZ MUNDARAY, WILMAN JOSÉ RODRÍGUEZ GARCÍA, FERNANDO JOSÉ RODRÍGUEZ TORREALBA, JESÚS ALBERTO PATIÑO RIVERO y EIVER JESÚS MARVAL VELÁSQUEZ la obligación de presentarse una institución pública o centro de desintoxicación, tratamiento, rehabilitación y readaptación social. Solicito copia simple de la presente acta. Es todo”.

ACTO SEGUIDO SE LE OTORGA LA PALABRA A LOS CIUDADANOS JOSÉ JAVIER ROSALES PÉREZ, YORWIL EDUARDO PRADA RODRÍGUEZ, RONNY GABRIEL HERNÁNDEZ MUNDARAY, WILMAN JOSÉ RODRÍGUEZ GARCÍA, FERNANDO JOSÉ RODRÍGUEZ TORREALBA, JESÚS ALBERTO PATIÑO RIVERO Y EIVER JESÚS MARVAL VELÁSQUEZ, QUIENES MANIFIESTAN A VIVA VOZ Y FORMA SEPARADA Estamos de acuerdo con lo que manifestó el fiscal del Ministerio Publico y deseo someterme al tratamiento. Es todo.

SE LE OTORGA LA PALABRA AL DEFENSOR PÚBLICO ABG. ABG. PEDRO ROJAS, QUIEN EXPONE: Esta defensa visto la solicitud de Sobreseimiento de la causa en favor de mi defendido realizado por el representante fiscal en fecha 15/08/2014 y ratificada el día de hoy, esta defensa no hace ninguna oposición al mismo, y en cuanto al tratamiento que se le debe imponer a mi defendido, el mismo, acepta someterse a tal tratamiento. Es todo. Solicito copia simple de la presente acta. Es todo”.

El Juez pasó a pronunciarse en los términos siguientes: Concluido el desarrollo de la presente audiencia especial, escuchado lo manifestado por las partes y estudiadas como han sido las presentes actuaciones, se observa que la presente investigación se inició en fecha 15/08/2014; no obstante, estima quien aquí decide, que ciertamente, tal y como lo manifestara la representante fiscal en la presente audiencia, el hecho por el cual se investigó a los ciudadanos JOSÉ JAVIER ROSALES PÉREZ, YORWIL EDUARDO PRADA RODRÍGUEZ, RONNY GABRIEL HERNÁNDEZ MUNDARAY, WILMAN JOSÉ RODRÍGUEZ GARCÍA, FERNANDO JOSÉ RODRÍGUEZ TORREALBA, JESÚS ALBERTO PATIÑO RIVERO y EIVER JESÚS MARVAL VELÁSQUEZ, no reviste carácter penal por cuanto el legislador en la exposición de motivos de la ley orgánica de drogas, establece…. Que es de capital importancia afirmar que este procedimiento para el Casio den consumo no es un procedimiento penal en el sentido que el consumidor no es un delincuente, es considerado por la ley venezolana como un enfermo de pie y quedando evidenciado a los folios 71 al 75 de las actas procesales que los mismos son consumidores de la droga denominada MARIHUANA la cual fue la sustancia que se incautara en el presente procedimiento.

DISPOSITIVA
Por lo que este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones Primero de Control-Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera procedente y ajustado a derecho DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los ciudadanos JOSÉ JAVIER ROSALES PÉREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V 23.923.083, de 21 años de edad, nacido en fecha 14-09-92, natural de Cumaná-, de estado civil Soltero, de oficio promotor Social, hijo de Viainez Pérez y Francisco Rosales, residenciado en el barrio Cumanagoto Primero, vereda A, casa N° 48, la Cooperativa Evangélica de esta ciudad; YORWIL EDUARDO PRADA RODRÍGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V 15.934.744, de 31- años de edad, nacido en fecha 30-03-83, natural de esta ciudad, de estado civil Soltero, de oficio obrero, hijo de Yoxi Rodriguez y Wilfredo Ramos, residenciado en el Barrio Cumanagoto Segundo N° 40, vereda 6, cerca de la Licorería San Pedrito, de esta ciudad; RONNY GABRIEL HERNÁNDEZ MUNDARAY, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V 20.991.395, de 23 años de edad, nacido en fecha 22-07-91, natural de esta ciudad, de estado civil Soltero, de oficio pescador, hijo de Melis Hernández y Ramón Mundaray, residenciado en el Barrio Cumanagoto Segundo, calle 3, casa N° 21-b, cerca de la Licorería San Pedrito, de esta ciudad-; WILMAN JOSÉ RODRÍGUEZ GARCÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V 20.575.156, de 24 años de edad, nacido en fecha 18-03-90, natural de esta ciudad, de estado civil Soltero, de oficio pescador, hijo de Carmen García y Wilmer Rodríguez, residenciado en el barrio Cumanagoto Segundo, calle principal, casa 85, cerca del Gimnasio, de esta ciudad; FERNANDO JOSÉ RODRÍGUEZ TORREALBA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V 18.754.184, de 29 años de edad, nacido en fecha 30-05-85, natural de esta ciudad, de estado civil Soltero, de oficio pescador artesanal, hijo de Franklin José Rodríguez y Ana María Torrealba, residenciado en EL Cumanagoto Norte, calle Priscila, casa N° 57, cerca de PDVAL; JESÚS ALBERTO PATIÑO RIVERO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V 21.093.965, de 24 años de edad, nacido en fecha 8-07-90, natural de esta ciudad, de estado civil Soltero, de oficio pescador hijo de Manuel Patiño y Juan Rivero, residenciado en Cumanagoto Primero, calle principal, casa N° 20, cerca de la Iglesia Evangélica; y EIVER JESÚS MARVAL VELÁSQUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-25.897.576, de 18 años de edad, nacido en fecha 06-09-1995, natural de esta ciudad, de estado civil Soltero, de oficio pescador, hijo de Andrés José Salvador Ramírez y Carmen Elena Gutiérrez Velásquez, residenciado en el sector el GUAPO, calle la Marina, casa s/n, cerca del Gimnasio, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre. En cuanto a la solicitud de imposición de medidas de seguridad hecha por el Fiscal del Ministerio Público con base a lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley de Drogas, relativa a la obligación de los JOSÉ JAVIER ROSALES PÉREZ, YORWIL EDUARDO PRADA RODRÍGUEZ, RONNY GABRIEL HERNÁNDEZ MUNDARAY, WILMAN JOSÉ RODRÍGUEZ GARCÍA, FERNANDO JOSÉ RODRÍGUEZ TORREALBA, JESÚS ALBERTO PATIÑO RIVERO y EIVER JESÚS MARVAL VELÁSQUEZ de presentarse ante una institución pública o centro de desintoxicación, tratamiento de rehabilitación y readaptación social, este Tribunal estima procedente tal pedimento, y en tal sentido declara con lugar la misma por cuanto los señalados ciudadanos se ha determinado como consumidor de drogas, por lo que deberán los ciudadanos JOSÉ JAVIER ROSALES PÉREZ, YORWIL EDUARDO PRADA RODRÍGUEZ, RONNY GABRIEL HERNÁNDEZ MUNDARAY, WILMAN JOSÉ RODRÍGUEZ GARCÍA, FERNANDO JOSÉ RODRÍGUEZ TORREALBA, JESÚS ALBERTO PATIÑO RIVERO y EIVER JESÚS MARVAL VELÁSQUEZ; presentarse ante la Unidad de Tratamiento al Fármaco Dependiente, ubicada en la Avenida Carúpano de esta Ciudad de Cumaná, a la altura de la estación de servicio Trébol del Sector Caigüire, diagonal a la misma, al lado del Colegio “Creación Caigüire”, a los fines de ser sometido a un tratamiento de desintoxicación y rehabilitación que a tal efecto determinen los expertos de dicha institución, a la cual se acuerda oficiar lo conducente. Por tal motivo se ordena oficiar a la Unidad de Tratamiento al Fármaco Dependiente a los fines de informar que los ciudadanos JOSÉ JAVIER ROSALES PÉREZ, YORWIL EDUARDO PRADA RODRÍGUEZ, RONNY GABRIEL HERNÁNDEZ MUNDARAY, WILMAN JOSÉ RODRÍGUEZ GARCÍA, FERNANDO JOSÉ RODRÍGUEZ TORREALBA, JESÚS ALBERTO PATIÑO RIVERO y EIVER JESÚS MARVAL VELÁSQUEZ;, deberá someterse a tratamiento de desintoxicación y rehabilitación, debiendo practicarle todos los exámenes que considere pertinentes a los fines de lograr la rehabilitación de los mismos, asimismo se le informa que debe consignar ante este juzgado el informe respectivo una vez comparezca los ciudadanos JOSÉ JAVIER ROSALES PÉREZ, YORWIL EDUARDO PRADA RODRÍGUEZ, RONNY GABRIEL HERNÁNDEZ MUNDARAY, WILMAN JOSÉ RODRÍGUEZ GARCÍA, FERNANDO JOSÉ RODRÍGUEZ TORREALBA, JESÚS ALBERTO PATIÑO RIVERO y EIVER JESÚS MARVAL VELÁSQUEZ; de no ser así informe a este juzgado de la no comparecencia del mismo..Asimismo se acuerda Se acuerda remitir la presente causa al Archivo Central, una vez quede definitivamente firme la decisión, a los fines de su archivo definitivo. Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL

ABG. ELIZABETH SUÁREZ LÓPEZ
EL SECRETARIO

ABG. JOSE RAFAEL GOMEZ RIVAS