REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 28 de octubre de 2014
204º y 155º
ASUNTO: JMS1-S-6461-14
SOLICITANTE: CARDOZA HERNANDEZ MARIA JOSEFINA
MOTIVO: TUTELA

Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y la aceptación al cargo de tutor interino por parte de la ciudadana CARDOZA HERNANDEZ MARIA JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.278.113, domiciliada en Santa Fe, calle el Cuchapal, casa s/n, Municipio Raúl Leoni del estado Sucre, asistida por la abogada MARISOL HERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública Primera de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de esta Circunscripción del estado Sucre; quien fuera designado por este Tribunal como Tutor Interino de su nieto el niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de diez (10), años de edad; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 313 del Código Civil, declara como TUTOR INTERINO del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de diez (10) años de edad, a su abuela materna ciudadana CARDOZA HERNANDEZ MARIA JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.278.113, domiciliada en Santa Fe, calle el Cuchapal, casa s/n, Municipio Raúl Leoni del estado Sucre, a los fines de que lo represente de forma inmediata en materia de salud, viajes; solicitudes de documentos de identidad ante diferentes organismos públicos y/o privados, tribunales, educación y otros. En Cumaná, a los veintiocho (28) días del mes de octubre del año dos mil catorce (2014).
LA JUEZA

ABOG. MARIA EUGENIA GRAZIANI

LA SOLICITANTE,


LA ABOGADA ASISTENTE

LA SECRETARIA


MEGL/mjz.-