REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 13 de octubre de 2014
204º y 155º
ASUNTO: JMS1-S-6349-14
SOLICITANTE: CHACON RODRIGUEZ LUIS RAFAEL
MOTIVO: TUTELA
Vista la comparencia del ciudadano CHACON RODRIGUEZ LUIS RAFAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.402.287, donde ratifica la solicitud de tutela presentada por el mismo ciudadano, debidamente asistido por la abogada MARISOL HERNANDEZ, en su condición de Defensora Publica con competencia para actuar en materia Plena a Nivel Nacional, en el cual solicita la designación de un TUTOR, a favor de la adolescente DAISY JOSEFINA CHACON RODRIGUEZ, de dieciséis (16) años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-25.467.771. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 513 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dicta el dispositivo en el presente asunto y DECLARA COMO TUTOR al ciudadano CHACON RODRIGUEZ LUIS RAFAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.402.287, a favor de la adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de dieciséis (16) años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-25.467.771. En Cumaná, a los trece (13) días del mes de octubre del año Dos Mil Catorce (2014). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
LA JUEZA
ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI
EL SOLICITANTE
ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA
ASUNTO: JMS1-S-6349-14
MOTIVO: TUTELA
MEG/David.-+
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