REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumaná, trece de octubre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO : RP31-S-2014-000005




SENTENCIA
Visto el escrito presentado por el ciudadano JOSE LUIS RODRIGUEZ PENOTT, titular de la cédula de identidad nro.14.284.362, asistido por el ciudadano SAUL B. NATERA, abogado en ejercicio inscrito en el i.p.s.a bajo el nro. 126.956, donde manifiesta su intención de no retirar la cantidad consignada en la presente oferta la cual asciende a la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (BS. 57.193,93) ofertados por la entidad de trabajo CLINICA FIGUERA,C.A. dado a que fue reenganchado a su puesto de trabajo, aceptando la ofertante el pago de los salarios caídos generados, habiéndose le dado cuenta a la ciudadana Juez de la misma este Tribunal tercero de Sustanciación, Mediación y ejecución del estado Sucre ordena la entrega del cheque signado nro. 47115784 del banco Banesco consignado en la presente oferta a su ofertante es decir a la CLINICA FIGUERA,C.A. YASI SE DEJA ESTABLECIDO. Líbrese oficio ala occ. Cúmplase.
El Juez


Abg. Albelu Nazaret Villarroel la secretaria,