REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 22 de Octubre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-003149
ASUNTO : RJ01-P-2014-000036
Celebrada como ha sido en fecha 15-10-2014, la audiencia oral de imposición de orden de aprehensión, que fuere librada por este Tribunal en fecha 05-06-2014, en contra de los ciudadanos Antonia María Campos Fuentes, titular de la cédula de identidad Nº V-12.660.677, Venezolano, de 39 años de edad; Yuleisy Maria Henríquez Henríquez, titular de la cédula de identidad Nº V-29.822.047, Venezolano, de 29 años de edad; Luis Alfredo Asa Malave, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-18.418.636; Oscar Eduardo López Salazar, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-24.690.911, y Wilmer Jose López Salazar, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-25.352.209, por su participación en los delitos de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 en relación con el artículo 458 del Código Penal y las agravantes de los numerales 8,11 y 12 eiusdem, en perjuicio de la ciudadana Inés María Febres (Occisa). AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal, en perjuicio del Orden Público, y LESIONES INTENCIONALES GRAVE; en perjuicio del ciudadano Albert José Febres Febres (Lesionado), por los hechos ocurridos en fecha 31 de mayo de 2014, siendo aproximadamente las 04:30 horas de la mañana, la ciudadana Inés Maria Febres se encontraba durmiendo en su residencia ubicada en el barrio San José, casa s/n, carretera Cumaná- Cumanacoa, de esta Ciudad, en compañía de sus hijos Albert José Febres Febres y una adolescente, en momentos que escucho que le tocaban la puerta y ella salió a ver quien tocaba a esa hora de la mañana, pero cuando abre la puerta se percata que se trataba de varios sujetos, entre ellos los conocidos como “Yuleisi”, Antonia alias “La Toña”, “Wilmer”, “Oscar” y “Luís”, los tres último masculinos portando armas de fuego con las cuales la amenazaron de muerte a Inés constriñéndola a que se abstuviera de impedirles el ingreso al inmueble, donde una vez dentro, procedieron a pedirle el dinero que guardaba y como ésta dijo que no tenía dinero, el sujetos conocido como “Wilmer” saco a relucir un arma blanca y le propinó varias puñaladas, en eso intervino su hijo Alberto para evitar que la mataran y “Wilmer” también lo corta en varias partes del cuerpo, en eso ingresó Antonia alias “La Toña” y Yuleisi conocida como “La Marimacha” y una de ellas empiezan a registrar toda la casa y la otra les dice a los sujetos que no mataran a nadie y que se llevaran todo de la casa, luego de llevarse un televisor y una caja de herramientas, “La Marimacha” le dio la orden a los sujetos que los mataran y “Wilnmer “empezó a darle varias puñaladas a Inés hasta matarla y Luís le dispara a Alberto pero metió la mano y la mano y le dieron en la mano resultando lesionado y luego lo sacaron del lugar, y al rato huyeron del lugar. Audiencia esta celebrada en virtud de haberse materializado la misma en contra del ciudadano OSCAR EDUARDO LÓPEZ SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 24.690.911, a quien este Tribunal decretó su privación judicial preventiva de libertad en fecha 15-10-2014. Ahora bien, siendo que aún no se ha logrado la aprehensión de los ciudadanos LUIS ALFREDO ASA MALAVÉ, y WILMER JOSÉ LÓPEZ SALAZAR, este Tribunal a los fines de garantizar el debido proceso, y de conformidad con el artículo 77 numeral 1° del COPP, acuerda SEPARAR DE LA PRESENTE CAUSA EN LO QUE RESPECTA A LOS IMPUTADOS LUIS ALFREDO ASA MALAVE, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-18.418.636; y WILMER JOSE LÓPEZ SALAZAR, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-25.352.209, y así se decide.
DISPOSITIVA
Por lo que este Tribunal Primero de Control Nombre de la República de Venezuela, y por Autoridad de la Ley ACUERDA SEPARAR DE LA PRESENTE CAUSA EN LO QUE RESPECTA A LOS IMPUTADOS LUIS ALFREDO ASA MALAVE, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-18.418.636; y WILMER JOSE LÓPEZ SALAZAR, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-25.352.209, y en tal sentido, se ordena abrir cuaderno separado y remitirlo a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, con oficio, para que una vez sean aprehendidos los mismos, sean puestos a la orden de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, quien deberá presentarlos ante este Tribunal, o ante el Tribunal de Control de Guardia. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
La Juez Primera de Control
Abg. Elizabeth Suárez López
La Secretaria
Abg. Ivette Figueroa Baptista
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