LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO DEL TRÁNSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 06 de Noviembre del 2.014
204º y 155º
Exp. N° 17.206.
DEMANDANTE: EUDORIS DEL VALLE SALAZAR, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.860.298
APODERADO: No otorgo Poder
DIRECCIÓN PROCESAL: no constituyó.
DEMANDADO: ALEXANDER JOSE CALVO, venezolano, mayor de edad, casado, Maestro de Panaderia0, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.852.350
APODERADO: No otorgo Poder.
DIRECCIÓN PROCESAL: no constituyó.
MOTIVO: DIVORCIO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (CON FUERZA DEFINITIVA)
Siendo las 10:00 de la mañana, oportunidad legal fijada para que tenga lugar el Primer Acto Reconciliatorio en el presente juicio, se abrió el acto y por cuanto el demandante no se hizo presente al mismo, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Extinguido el proceso dándose por terminado el presente juicio. En consecuencia se ordena el archivo del expediente. Así se decide.-
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de M.
Abg. Francis Vargas C.
SGDM/Fvc/ajno.
Exp. Nº 17.206
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