REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Cumaná, 28 de Noviembre de 2014
204º y 155º
Vista la diligencia que antecede, cursante al folio 106, suscrita por el abogado en ejercicio FREDDY GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.794, con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicitó la ratificación del folio N° 195-2014 librado a la Caja de Ahorro del Estado Sucre, especificando que se trata de la correspondiente a los empleados de la Gobernación del Estado Sucre, y habiéndosele dado cuenta a la ciudadana Juez de la referida diligencia, este Tribunal, una vez revisado el íter procesal de la causa que nos ocupa, y el calendario judicial llevado por este Órgano Jurisdiccional, advierte de inmediato que el día de hoy, viernes veintiocho (28) de noviembre de 2014 constituye el 1er día de despacho que tiene este Juzgado para proveer sobre lo solicitado y, a la vez, el último día del lapso de evacuación de pruebas en el presente procedimiento, de suerte que, como quiera que con lo peticionado lo que pretende la parte actora es la evacuación de la prueba de Informes por ella promovida y admitida por este Despacho Judicial en la oportunidad procesal correspondiente; este Tribunal se encuentra impedido de acordar lo solicitado por la representación judicial accionante, en virtud de la preclusión del lapso de evacuación de pruebas aquí advertida. Así se resuelve.-
La Juez Prov.,
Abg. GLORIANA MORENO MORENO.-
La Secretaria.,
Abg. KENNY SOTILLO SUMOZA
GMM/norma