REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 05
Carúpano, 24 de Noviembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2014-006375
ASUNTO: RP11-P-2014-006375
Por recibido escrito presentado por la Defensa Publica Penal Nº 01 Abg. Amagil Colon, actuando en defensa del ciudadano RICARDO ANTONIO MARCANO BRITO, titular de la Cédula de Identidad Número V- 19.189.382, en el cual solicita se amplie el lapso de las presentaciones por cuanto el mismo trabaja en el Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno en la ciudad de Caracas, por lo que se le hace difícil pedir permiso constantemente para ausentarse de su trabajo y poder cumplir con las condiciones impuestas, razón por la cual solicita se prolonguen las presentaciones de su representado cada 60 días, a los fines de que el mismo pueda seguir dando cumplimiento a sus presentaciones, tal y como hasta ahora lo ha venido haciendo, pues tiene la voluntad de hacerlo y no de evadir la justicia, asimismo anexa a su solicitud constancia de trabajo, en tal sentido este tribunal pasa a pronunciarse en los siguientes términos: De la revisión de la causa se observa que en acto de audiencia de presentación de fecha 07 de Octubre del año en curso este tribunal acordó Medida Cautelar Sustitutiva De libertad, en contra de los imputados RICARDO ANTONIO MARCANO BRITO, venezolano, natural del Carúpano Estado Sucre, de 26 años de edad, nacido el 05-01-1988, de estado civil soltero, de oficio Administrador, hijo de Adalberto Rodríguez Marcano y Carmen Brito, titular de la Cédula de Identidad Número V- 19.189.382, residenciado en: San Martín, Calle Principal Casa N° 15, Carúpano del Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, teléfono 0294-889-7569 y en Caracas, Distrito Capital, Montalbán, Apto L-14, Juan Arnolfo, piso 14, Municipio Libertador. Y ALEXANDER ANTONIO MARCANO MATA, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez Estado Sucre, de 23 años de edad, nacido el 16-09-1991, de estado civil soltero, de oficio Comerciante, hijo de Milise Freddy Marcano y Luisa Mata, titular de la Cédula de Identidad Número V- 24.715.811, residenciado en: Macarapana, calle Principal, casa S/N, cerca de la destileria Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Riña Con Lesiones Personales Reciprocas previsto y sancionado en el articulo 424, en relación con el 413 del Código Penal, en perjuicio de ELLOS MISMOS, consistente en PRIMERO: un régimen de presentaciones cada treinta días (30) días, por el lapso de ocho (08) meses por ante la Unidad de Alguacilazgo de Este Circuito Judicial Penal; SEGUNDO: Prohibición de acercarse el uno a otro o a su grupo familiar por si o por terceras personas, de conformidad con lo contemplado en el artículo 242 numeral 3° Y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo se observa a nivel sistemático que el imputado Ricardo Antonio Marcano Brito ha cumplido con el régimen de presentaciones impuestos en el acto de audiencia de presentación y vista la solicitud de la defensa, así como la constancia de trabajo anexa a su solicitud, debidamente suscrita por la Directora General (E) de la Oficina de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno en la ciudad de Caracas, en la que se evidencia que el imputado antes identificado, reside y trabaja en la ciudad de Caracas, es por lo que este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera que lo ajustado a derecho acordar la solicitud de la defensa publica, por lo que se Acuerda la solicitud de la defensa y se amplia el régimen de presentaciones periódicas impuestas al ciudadano RICARDO ANTONIO MARCANO BRITO, venezolano, natural del Carúpano Estado Sucre, de 26 años de edad, nacido el 05-01-1988, de estado civil soltero, de oficio Administrador, hijo de Adalberto Rodríguez Marcano y Carmen Brito, titular de la Cédula de Identidad Número V- 19.189.382, residenciado en: San Martín, Calle Principal Casa N° 15, Carúpano del Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, teléfono 0294-889-7569 y en Caracas, Distrito Capital, Montalbán, Apto L-14, Juan Arnolfo, piso 14, Municipio Libertador, debiendo presentarse por ante la Unidad de Alguacilazgo de esta Sede Judicial cada sesenta (60) días por el tiempo que le resta por cumplir del régimen de presentaciones, por cuanto el mismo reside y trabaja en la ciudad de Caracas Distrito capital, tal y como consta en constancia de trabajo anexo a la solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se ordena registrar el régimen de presentaciones acordado, asimismo se acuerda notificar a las partes de la ampliación del régimen de presentaciones y por cuanto la presente causa se encuentra en la Fiscalia Séptima del Ministerio Publico, es por lo que se acuerda remitir las presentes actuaciones a la referidas fiscalia a los fines de ser agregada a la causa y para que surta los efectos legales correspondientes. Cúmplase.-
La Jueza Quinto de Control,
Abg. Patricia Rasse Boada
La Secretaria,
Abg. Carmen Espinoza
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