REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y
MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Cumaná, 25 de Noviembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-002875
ASUNTO : RP01-P-2014-002875
SE DECRETA EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR
Visto que en fecha 17 de mayo de 2014, este Tribunal decretó Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial de Libertad a los imputados LEONEL ENRIQUE OROZCO ORTIZ, venezolano, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.695.885, estado civil soltero, profesión u oficio T.S.U en informática, nacido en esta ciudad, en fecha 02/03/1975, hijo de Leonel Orozco y Betty Ortiz, residenciado en el Barrio El Peñón, Calle Los Caracas, Casa S/N°, al Lado de la Unidad Educativa “Nueva Toledo” de la ciudad de Cumaná, Estado Sucre, tlf N°0414-3833375, por la presunta comisión del delito de FACILITADOR U OPERADOR DE CASINOS, BINGOS Y MAQUINAS TRAGANIQUELES ILEGALES, previsto y sancionado en el artículo 54 de la Ley Para el Control de Casinos, Sala de Bingos y Máquina de Traganíqueles, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, medida consistente en: Presentaciones cada CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por el lapso de seis (06) meses. Y no incurrir en hechos similares que dieron origen al presente procedimiento y no acercarse al lugar objeto de la investigación, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 numerales 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal.
Una vez verificado el fiel cumplimiento a la decisión dictada y habiendo superado el lapso establecido para el cumplimiento, se acoge la solicitud de la defensa y se decreta el decaimiento de la medida cautelar de presentaciones impuestas al ciudadano LEONEL ENRIQUE OROZCO ORTIZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.695.885, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de FACILITADOR U OPERADOR DE CASINOS, BINGOS Y MAQUINAS TRAGANIQUELES ILEGALES, previsto y sancionado en el artículo 54 de la Ley Para el Control de Casinos, Sala de Bingos y Máquina de Traganíqueles, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Y así se declara.-
DECISIÓN JUDICIAL
Este Tribunal Quinto de Control, en Funciones Estadales y Municipales, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA EL DECAIMIENTO de la medida de presentación impuesta al ciudadano LEONEL ENRIQUE OROZCO ORTIZ, venezolano, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.695.885, estado civil soltero, profesión u oficio T.S.U en informática, nacido en esta ciudad, en fecha 02/03/1975, hijo de Leonel Orozco y Betty Ortiz, residenciado en el Barrio El Peñón, Calle Los Caracas, Casa S/N°, al Lado de la Unidad Educativa “Nueva Toledo” de la ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de FACILITADOR U OPERADOR DE CASINOS, BINGOS Y MAQUINAS TRAGANIQUELES ILEGALES, previsto y sancionado en el artículo 54 de la Ley Para el Control de Casinos, Sala de Bingos y Máquina de Traganíqueles, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se insta al imputado a estar atento a los llamados que le haga el Tribunal en torno a este asunto penal. Notifíquese a las partes. Remítase las actuaciones a la Fiscalía Quinta del Mi Misterio Público con Competencia en Materia Contra la Corrupción.
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL
ABG. CARLOS JULIO GONZALEZ
LA SECRETARIA
ABG. DUBRASKA FRANCO
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