REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO VALDÉZ DEL SEGUNDO CIRCUITO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO
Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO VALDEZ
SEGUNDO CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE
Güiria, 21 de mayo de 2.014.
203° y 155°
Parte Demandante: LUZMIRY NAIRELIS CALZADILLA MARCHAN, titular de la Cédula de Identidad Nro. 20.564.299.
Parte Demandada: DANIEL ANTONIO TENIA VALDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 20.074.770.
Motivo: ARCHIVO
Visto que en la solicitud de Obligación de Manutención presentada por la ciudadana Luzmiry Nairelis Calzadilla Marchan contra el ciudadano Daniel Antonio Tenía Valdez, en fecha 17-02-2011 se Homologó la conciliación suscrita entre las pastes, es por lo que este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente, el cual consecuencialmente, en su debida oportunidad será remitido a la sede del Archivo Regional, a los fines de su Guarda y Custodia.
LA JUEZ,
AB. ZULEIMA AGUILERA LEZAMA
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
En la misma fecha se cumple con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
ZAL/amm.-
Exp: 005-11.