REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.
Cumaná, 27 de mayo de 2014
204º y 155º

ASUNTO Nº: JMS1-S-5987-14
SOLICITANTES: MIGUEL ANTONIO CHIRINOS GUTIERREZ Y
FRANCELIS CAROLINA CASTILLO FLORES
MOTIVO: HOMOLOGACIÒN DE OBLIGACION DE MANUTENCION

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), solicitud de homologación presentada por el FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO Abogado JESUS MANUEL MOYA, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos MIGUEL ANTONIO CHIRINOS GUTIERREZ Y FRANCELIS CAROLINA CASTILLO FLORES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.996.675 y 24.130.590 respectivamente, con domiciliados el primero en Urbanización La Llanada sector I, avenida 8, casa N° 35, Cumana Municipio Sucre del Estado Sucre y la segunda en Autopista Antonio José de Sucre Barrio La Esmeralda Casa N° 86 Cumaná Municipio Sucre del Estado Sucre, en relación a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, de su hijo Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de seis (06) años de edad, celebrado en fecha 13/05/14, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma, ordenándose hacer las anotaciones correspondientes; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la conciliación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne a la Obligación de Manutención, establecida de la siguiente manera mediante Acta Nº 19-DPIF-F4-0446-2014: “El ciudadano MIGUEL ANTONIO CHIRINOS GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.996.675, padre hijo: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de seis (06) años de edad, pasará a Suministrar la cantidad de MIL DOSCUENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,00) mensuales, a razón de SEIS CIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) quincenales un Bono Vacacional por la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00). Una bonificación de fin de año para la compra de calzado ropa y juguetes por la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 6.000,00). Los gastos de medicinas médicos, útiles escolares y uniformes serán cubiertos en un 50% por parte del padre. Asimismo el padre del niño al solicita Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre solicita se apertura una cuenta de ahorro a los fines de realizar los depósitos correspondiente a la Obligación de Manutención. En este estado la ciudadana FRANCELIS CAROLINA CASTILLO FLORES, está de acuerdo con dicho convenimiento. En consecuencia líbrese Oficio al Gerente del banco Bicentenario para la apertura de una cuenta de ahorro.-

Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en Concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Así mismo publíquese en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, al veintisiete (27) día de mayo del año Dos Mil Catorce (2014).
LA JUEZA

ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI.

Secretaria
Siendo las 9:00 de la mañana se publico la presente sentencia.

Secretaria

ASUNTO Nº: JMS1-S-5987-14
SOLICITANTES: MIGUEL ANTONIO CHIRINOS GUTIERREZ Y
FRANCELIS CAROLINA CASTILLO FLORES
MOTIVO: HOMOLOGACIÒN DE OBLIGACION DE MANUTENCION
MEG/rafael