REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 22 de Mayo de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2013-000205
ASUNTO : RP01-D-2013-000205

ACTUALIZACION DE CÓMPUTO
Sancionado: XXXXXXXXX

Examinadas las actas procesales que conforman la presente causa a los fines de actualizar el computo de la sanción que cumple el XXXXXXXXXXX; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el Artículo 406 numeral 1 en concordancia con el 424, ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano XXXXXXXXX (Occiso), es por ello que este Tribunal procede a la práctica de cómputo de la sanción, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley; para lo cual se observa:
PRIMERO: En fecha 22 de Julio de 2013, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sancionó al adolescente XXXXXXXXXX, por la comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el Artículo 406 numeral 1 en concordancia con el 424, ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano XXXXXXXXXX (Occiso), a cumplir la medida de privación de libertad de privación de libertad por el lapso de TRES AÑOS (03) Y CUATRO (04) MESES.
SEGUNDO: De la revisión de las actas se observa que el adolescente XXXXXXXXX, quien debe cumplir la sanción por el lapso TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES, estuvo detenido desde el 22 de junio de 2013 hasta el día 13-04-14, (se evadió el 13-04-14) por un lapso de NUEVE (09) MESES y VEINTIUN (21) DIAS. Reingreso al centro el 14-04-14, lleva privado al 22-05-2014 UN (01) MES y OCHO (08) DIAS, para un total de privación de DIEZ (10) MESES y VEINTINUEVE (29) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS CINCO (05) MESES Y UN (01) DIA , que vencerán el 23 -10-2016.
TERCERO: Por cuanto la defensa solicito se tramite informe conductual del sancionado, se acuerda solicitar el mismo al Centro de Prisión Preventiva Cumaná.

DISPOSITIVA

En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a XXXXXXXXXXX; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el Artículo 406 numeral 1 en concordancia con el 424, ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano XXXXXXXXX (Occiso) y quien cumple la medida de privación de libertad, por el lapso de TRES (03) AÑOS y CUATRO (04) MESES, donde se determino que lleva privado hasta el 22-05-2014, DIEZ (10) MESES y VEINTINUEVE (29) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS CINCO (05) MESES Y UN (01) DIA , que vencerán el 23 -10-2016.
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal , aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley,
Líbrese boleta de notificación a las partes, en la que se le informe que se practico cómputo en la causa que se le sigue a XXXXXXXX, quien cumple la medida de privación de libertad , por el lapso de TRES (03) AÑOS y CUATRO (04) MESES, donde se determino que lleva privado hasta el 22-05-2014, DIEZ (10) MESES y VEINTINUEVE (29) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS CINCO (05) MESES Y UN (01) DIA , que vencerán el 23 -10-2016.
Libres oficio al centro de prisión preventiva, a los fines que se remita INFIONME conductual del sancionado XXXXXXXXXXX y remítase adjunto copia del cómputo al.
En Cumaná, a los veintidós (22) días del mes de mayo de 2014.-
ABG. Yomari Figueras Mendoza.-
JUEZ DE EJECUCION PENAL ADOLESCENTES.-

Secretaria.-
Abg. DOANALMY ROMAN.-