REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 6 de Mayo de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-002040
ASUNTO : RP01-P-2014-002040

SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida en contra del ciudadano JESUS B. DELGADO A., Titular de la Cédula de Identidad Nro 8.651.868, residenciado en el barrio Antonio José de Sucre, casa s/n, de Cumanacoa, Municipio Montes, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto en el artículo 414 en relación con el artículo 420 numeral 2 ambos del Código Penal, en perjuicio de Natali Campos; este Tribunal observa: Cursa a los folios 32 al 33 de la causa, escrito suscrito por el abogado ENNY JOSE RODRIGUEZ NORIEGA, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Interino de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, mediante le cual solicita a este Tribunal se DECRETE EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal

En base a tal pedimento, observa este Tribunal que la presente causa tuvo inicio en fecha 09-01-2011, cuando aproximadamente a las 02:30 p.m., ocurrió accidente de transito en la avenida Humbolt frente a los Edificios Ayacucho de esta ciudad de Cumaná, resultando lesionada la ciudadana Natali Campos, de lo que se evidencia la existencia del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto en el artículo 414 en relación con el artículo 420 numeral 2 ambos del Código Penal, y de acuerdo a la pena que éste delito tiene asignada aplicando el artículo 37 del Código Penal, considera este Tribunal que la acción penal se encuentra prescrita de acuerdo a lo establecido en el artículo 108 numeral 5 del Código Penal, en consecuencia procede a decretar la prescripción de la acción penal y en consecuencia se decreta el sobreseimiento de la presente causa, ello de conformidad con lo establecido en los artículos 49 numeral 8 y artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.-

Por las razones antes expuestas es por lo que este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, donde aparece como imputado JESUS B. DELGADO A., Titular de la Cédula de Identidad Nro 8.651.868, residenciado en el barrio Antonio José de Sucre, casa s/n, de Cumanacoa, Municipio Montes, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto en el artículo 414 en relación con el artículo 420 numeral 2 ambos del Código Penal, en perjuicio de Natali Campos; ello de conformidad con lo establecido en los artículos 108 numeral 5 del Código Penal y artículos 49 numeral 8 y artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.-
EL JUEZ CUARTO DE CONTROL.

ABG. SAMER ROMHAIN.
LA SECRETARIA

ABG. RUTH YEGRES.-