REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 21 de Mayo de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-002679
ASUNTO : RP01-P-2014-002679
SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO
Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida a los ciudadanos ANGEL JOSE MARQUEZ HERRERA, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de ELISAUL JOSE FARIAS RIVIERA; este Tribunal observa: Cursa a los folios 18 al 19 de la causa, escrito suscrito por el abogado EDGAR RANGEL PARRA, Fiscal Tercero del Ministerio Público, mediante el cual solicita a este Tribunal se DECRETE EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
En base a tal pedimento, observa este Tribunal que la presente causa tuvo inicio en fecha 24-07-2005, mediante denuncia interpuesta ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación de Cumaná, iniciándose de este modo las investigaciones que permitieron recavar elementos como el resultado de examen medico legal, actuaciones que permiten subsumir los hechos en el delito de Lesiones Intencionales Graves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal. Ahora bien, considerando la fecha del hecho, y la pena que este delito tiene asignada, considera este Tribunal que la acción penal se encuentra prescrita de acuerdo a lo establecido en el artículo 108 numeral 5 del Código Penal, en consecuencia procede a decretar la extinción de la acción penal por prescripción y en consecuencia se decreta el sobreseimiento de la presente causa, ello de conformidad con lo establecido en los artículos 49 numeral 8 y artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.-
Por las razones antes expuestas es por lo que este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ANGEL JOSE MARQUEZ HERRERA, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de ELISAUL JOSE FARIAS RIVIERA; de conformidad con lo establecido en los artículos 49 numeral 8 y 108 numeral 8 concatenado con el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
EL JUEZ CUARTO DE CONTROL.
ABG. SAMER ROMHAIN.
LA SECRETARIA
ABG. RUTH YEGRES.-
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