REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 7 de Mayo de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-002099
ASUNTO : RP01-P-2014-002099
AUTO QUE ACUERDA AUDIENCIA ESPECIALPARA ENTREGA DE VEHÍCULO
Visto el escrito presentado en fecha 02 de abril de 2.014, por el abogado CARLOS ENRIQUE CHACÓN MARTÍNEZ actuando en nombre y representación del ciudadano EDGAR GREGORIO LÓPEZ CALZADILLA donde expone lo siguiente:”Cursa por ante la fiscalía Séptima del Ministerio Público, procedimiento consta que a mi patrocinado le fue retenido un vehículo de su propiedad, el cual responde a las siguientes características; Marca; Ford, Modelo: F-150, Color: Gris, Placas: 618FAW, Año:, Serial del Motor: 6 CIL, Serial de carrocería AJF1EB17173, Tipo: camioneta Pick up, Uso particular, el cual le pertenece según se evidencia de Certificado de Registro de Vehículo emitido a su nombre por el Ministerio de Infraestructura, Instituto Nacional de Transporte y Transito Terrestre signado con el N ° 2995749 de fecha: 20 de febrero del 2001, Autorización N° 5281JD411705. Ahora bien es el caso que dicho vehículo fue puesto a la orden de aquel despacho fiscal por parte de la Guardia Nacional de Venezuela en fecha 23 de octubre de 2012, por cuanto al mismo le fue practicada experticia de seriales y se concluyó que el serial del chasis no corresponde con los seriales de identificación del vehículo. Ciudadano Juez es el caso que ciertamente el referido vehículo estuvo involucrado en un aparatoso accidente y resulto con devastación del marco del chasis por lo que mi representado se vio obligado a cambiarlo; adquiriendo el mismo en el Taller de Latonería y Pintura “Oriental” en fecha 12 de marzo de 1993; según factura N° 546; en el cual se evidencia que el serial actual es AJF1CM44006; Como se puede observar la fecha de adquisición de este repuesto es de muy vieja data, y mi representado nunca hizo la respectiva participación a las autoridades de transito, resultando que una vez practicada la Experticia de Verificación de seriales, el despacho fiscal determinó que dicho repuesto, es decir el marco del chasis se encuentra solicitado por la delegación del CICPC del estado Aragua, razón por la que la Fiscalía Séptima procedió a NEGAR LA ENTREGA DEL VEHÍCULO en cuestión , Ciudadano Juez en el caso de autos por ser este un vehículo muy viejo y que pertenece a una cooperativa de transporte público, con la cual mi representado trabaja y propende a la manutención de su núcleo familiar, y además en repetidas oportunidades en las que el vehículo fue revisado por las autoridades, en cumplimiento de los requisitos necesarios para su matriculación, dichas revisiones estuvieron conforme a la ley, documentos que presentaré en la respectiva oportunidad, en razón de lo antes expuesto es por lo que solicito a este despacho, SE SIRVA RECABAR EL EXPEDIENTE que se identifica con la nomenclatura N° 19vc-00cf71034 de la fiscalía Séptima del Ministerio Público; y proceda a fijar oportunidad para que tenga lugar audiencia de entrega de vehículo en cuestión por cuanto de los recaudos que cursan al expediente y de los demás documentos que oportunamente presentaré se evidencia que mi representado es poseedor de buena fe, en tanto que las autoridades de transito durante muchos años en los que reviso dicho vehiculo, expresó mediante experticia de seriales, que los mismos estaban legales y sin ningún tipo de solicitud y/o alteración”.
Este Tribunal Primero de Control pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: analizado lo manifestado por el solicitante, este Tribunal observa: que se trata la presente solicitud, de un procedimiento de solicitud de entrega de vehículo señalado el la presente causa es por lo éste Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda celebra Audiencia Especial de entrega de Vehículo presuntamente identificado con las siguientes características Marca; Ford, Modelo: F-150, Color: Gris, Placas: 618FAW, Año:, Serial del Motor: 6 CIL, Serial de carrocería AJF1EB17173, Tipo: camioneta Pick up, Uso particular; todo ello en virtud de que dicho vehículo fue puesto a disposición de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, por lo tanto se acuerda fijar una Audiencia Especial de entrega de vehiculo para el día: 02 – 06 – 2014 a las 11:00 a.m.. Se acuerda notificar a las partes, a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. PEDRO CORASPE BOADA
LA SECRETARIA
Abg. IVETTE FIGUEROA
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