REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.
Cumaná, 26 de marzo de 2014 203º y 155º
ASUNTO Nº: JMS1-S-4380-13
SOLICITANTE. LUZ MARINES RODRIGUEZ
MOTIVO: CONSIGNACIÓN DE BIENES

Vista la diligencia estampada por la ciudadana LUZ MARINES RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 19.083.692 asistida por la Abogada en ejercicio AMARILIS ARRIOJA, inscrita en el inpreabogado bajo el número 102.850, en la cual solicita se acumulen las solicitudes JMS1-S-4380-13 y JMS1-S-3631-12, se procedió a revisar las presentes actuaciones evidenciándose que efectivamente cursan por ante este mismo Tribunal asuntos JMS1-S-4380-13 y JMS1-S-3631-12 que se tratan de las mismas partes, y verificada como ha sido tal información donde ciertamente la ciudadana LUZ MARINES RODRÍGUEZ, plenamente identificada en autos, tramita por ante este Despacho dos Autorizaciones Judiciales con ocasión del fallecimiento del ciudadano LEWIS ANTONIO GALARRAGA en beneficio del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y en dichos procesos ha puesto de manifiesto la existencia del prenombrado beneficiario, a la par la existencia actual y paralela al presente asunto, en observancia al fuero atrayente que tienen los procesos y con fundamento en el artículo 51 del Código de Procedimiento Civil, se desprende que existe conexión entre ellas, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 79 ejusdem, este Tribunal en Decisión de la Jueza Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda LA ACUMULACIÓN POR CONEXIÓN de los asuntos antes señalados, es por lo que debe ser agregado el asunto JMS1-S-4380-13 al asunto JMS1-S-3631-12. De igual manera se ordena la continuación de la foliatura. Cúmplase.
LA JUEZA



DRA. MARIA EUGENIA GRAZIANI.

LA SECRETARIA



En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.



LA SECRETARIA

Sentencia: Interlocutoria
MEGL.-/ LM-/alicia