REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio del Trabajo del Estado Sucre extensión Carúpano
Carúpano, trece de marzo de dos mil catorce
203º y 155º

ASUNTO: RP21-L-2012-000146
PARTE ACTORA: JORGE LUIS FERMIN RIVAS, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 18.413.343.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ALEX GONZALEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.338
PARTE DEMANDADA: GUARDIANES PARAMACONI, C.A., Sociedad Mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto del Distrito Capital, en fecha 22-11-1977, bajo el Nº 48 del Tomo 142-A y actualmente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo, en fecha 04-09-2002, bajo el Nº 13, Tomo 46-A.
APODERADO PARTE DEMANDADA: MARILYN AIMARA DETTIN, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.936
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

Visto el arreglo consignado por las partes en fecha 11/03/2014 cursante a los folios 126 al 131, en el que la parte accionada propone al actor la cantidad de TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTIUN BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 38.521,41) pagaderos de la siguiente forma:
- La empresa paga en ese mismo acto la cantidad de diecinueve mil doscientos sesenta bolívares con setenta céntimos (Bs. 19.260,70), según consta de cheque Nº 40550629 de fecha 05-03-2014, girado contra el Banco Banesco , cuenta Nº 0134-0277-91-2771092465
- En fecha 11-04-2014 la empresa pagará al actor la cantidad de Nueve mil seiscientos treinta bolívares con treinta y cinco céntimos (Bs. 9.630,35) y
- En fecha 30-04-2014 la empresa pagará al actor la cantidad de Nueve mil seiscientos treinta bolívares con treinta y cinco céntimos (Bs. 9.630,35).
-
Dicho monto (Bs. 38.521,41) comprende los conceptos demandados: ANTIGÛEDAD, VACACIONES VENCIDAS Y FRACCIONADAS, BONO VACACIONAL VENCIDO Y FRACCIONADO, UTILIDADES FRACCIONADAS, HORAS EXTRAS, HORAS DE DESCANSO, DIAS FERIADOS, INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO, INDEMNIZACIÓN POR PREAVISO E INTERESES POR INDEXACION Y COSTOS PROCESALES, así como SUBSIDIOS LEGALES Y/O CONVENCIONALES, BONO DE ALIMENTACIÓN, SALARIOS Y SALARIOS CAÍDOS, DIFERENCIAS SALARIALES Y/O, HORAS EXTRAS Y BONO NOCTURNO, SABADOS Y DOMINGOS Y /O DÍAS DE DESCANSO, COMISIONES, PREMIOS, BONOS, GRATIFICACIONES, DAÑOS Y PERJUICIOS, LUCRO CESANTE.
Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, por cuanto los acuerdos expresados en la misma son productos de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes y dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de la controversia a que se refieren los procesos y a reestablecer el equilibrio jurídico entre las partes y por cuanto no es contrario a derecho, y se adaptan a los criterios jurisprudenciales, sostenidos por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 261 y 262, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo tercero (3ero) Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo y 6 de la Ley Orgánica del Trabajo.
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente ACUERDO y le otorga fuerza de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las Partes, así mismo se ordena el archivo del presente expediente una vez que conste en autos el pago total.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, en la ciudad de Carúpano, a los trece (13) Días del mes de marzo dos mil catorce (2012). Años 203° de la Independencia y 155° de la Federación.
LA JUEZA TITULAR,


ABOG. EDDA PEREZ ALCALA
LA SECRETARIA,


ABOG. DENIS REGNAULT
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia. Conste.
LA SECRETARIA,


ABOG. DENIS REGNAULT