REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
SEGUNDO CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIP CION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE

Güiria, 25 de Marzo de 2.014.

203° y 155°

Parte Demandante: COROMOTO DEL CARMEN GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V. 5.913.965.

Abogado Asistente: ISIDRO JOSE VILLEGAS PACHECO, Inpreabogado Nro. 128.015.-

Parte Demandada: LUIS OCTAVIO GONZALEZ BLANCO. Titular de la Cédula de Identidad N° V-11.179.328.

Motivo: ARCHIVO

Vista la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 27-09-2012; donde se declaro con lugar la solicitud de Obligación de Manutención intentada por la ciudadana Coromoto Del Carmen González contra el ciudadano Luís Octavio González Blanco, la cual fue apelada y confirmada por el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Circuito Judicial, y por cuanto la misma se encuentra DEFINITIVAMENTE FIRME y EJECUTORIADA, es por lo que este Juzgado del Municipio Valdez, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente, el cual consecuencialmente, en su debida oportunidad será remitido a la sede del Archivo Regional, a los fines de su Guarda y Custodia.
LA JUEZ,
AB. ZULEIMA AGUILERA LEZAMA
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
En la misma fecha se cumple con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
ZAL/amm.
Exp: 032-12