REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
SEGUNDO CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE

Güiria, 18 de Marzo de 2.014.

203° y 155°

Parte Demandante: KAYRU FRANGELINA RAMOS, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.192.195.

Parte Demandada: CARLOS DOROTEO MARIN, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.933.625.

Motivo: OBLIGACION DE MANUTENCION

Vista la Homologación impartida por este Tribunal en fecha 02-03-2012, en virtud de la Conciliación suscrita entre las partes, es por lo que este Juzgado del Municipio Valdez, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente, el cual consecuencialmente, en su debida oportunidad será remitido a la sede del Archivo Regional, a los fines de su Guarda y Custodia.
LA JUEZ,
AB. ZULEIMA AGUILERA LEZAMA
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
En la misma fecha se cumple con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
ZAL/amm.-
Exp: 054-11.