REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 24 de Marzo de 2014
203º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-C-2013-000006
ASUNTO : RP01-C-2013-000006


ACTUALIZACION DE CÓMPUTO
Sancionado: XXXXXXXXXX

Vista la solicitud de computo hecha por la por la Abg. Beatriz Planez, en la causa seguida a su representado XXXXXXXXXX, en la causa seguida por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COATORIA, en perjuicio XXXXXXXXX, sancionado a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA POR UN LAPSO UN AÑO (01) Y SEIS (06) MESES y las constancias consignadas a los fines de acreditar el cumplimiento de la sanción , es por ello que procede a la práctica de cómputo de la sanción, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley; para lo cual se observa:
PRIMERO: Que el sancionado XXXXXXXXX, fue sancionado por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COATORIA, en perjuicio XXXXXXXXX, a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA POR UN LAPSO UN AÑO (01) Y SEIS (06) MESES.
SEGUNDO: Del ultimo computo efectuado el nueve (09) del mes de agosto de 2013, se determino que había cumplido con la medida hasta el 27-07-13, nueve (09) meses y veintiséis
TERCERO: Vistas la constancia de fecha 17-03-14, donde se evidencia que el joven ha venido cumpliendo satisfactoriamente la medida impuesta , pues se encuentra estudiando y muestra de ello son las notas que se reflejan en la constancia del record académico y constancia de estudio , ya que cursa el segundo de COMERCIO y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS en U. E INSTITUTO REDIOFONICO DE Y ALEGRIA, computándose el estudio desde el 28-07-13 hasta el 17-03-2014 (fecha de la constancia) ha cumplido siete (07) meses y diecisiete (17) días, mas nueve (09) meses y veintiséis (26) días cumplidos con anterioridad, en total lleva un (01) año cuatro (04) meses y trece (13) días y le falta por cumplir un (01) mes y diecisiete (17) días
DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente XXXXXXXXX, en la causa seguida por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COATORIA, en perjuicio XXXXXXXXXX, sancionado a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA POR UN LAPSO UN AÑO (01) Y SEIS (06) MESES, y del cual se determino que ha cumplido hasta el 17-03-14 (fecha de la constancia un (01) año cuatro (04) meses y trece (13) días y le falta por cumplir un (01) mes y diecisiete (17) días .
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley. Cúmplase.
Líbrese boleta de notificación a las partes de la presente decisión, donde se les informe que se actualizo computo de la sanción de reglas de conducta que cumple el XXXXXXXXX y del cual se determino que ha cumplido hasta el 17-03-14 (fecha de la constancia un (01) año cuatro (04) meses y trece (13) días y le falta por cumplir un (01) mes y diecisiete (17) días .
Líbrese boleta, en la que se le informe al sancionado XXXXXXXXXXXX, que se le practico cómputo a la sanción de reglas de conducta que cumple a la orden de este Juzgado y del cual se determino que ha cumplido hasta el 17-03-14 (fecha de la constancia un (01) año cuatro (04) meses y trece (13) días y le falta por cumplir un (01) meses y diecisiete (17) días, en razón de ello deberá presentar constancia de estudio actualizada a inicios del mes de mayo de 2014, a fin de culminar con el cumplimiento de la sanción.
En Cumaná, a los veinticuatro (24) días del mes de marzo de 2014.
Abg. Yomari Figueras Mendoza

Juez de Ejecución Sección Adolescentes




El Secretario.

Abg. Doanalmy Román