REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 24 de marzo de 2014
203º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-001854
ASUNTO : RP01-P-2014-001854


Vista la solicitud de DESESTIMACION, presentada por el Abg. ANAKARINA HERNANDEZ Fiscal Séptima del Ministerio Público, vista la denuncia realizada por el ciudadano JOSE MIGUEL RAMIREZ MOTA Este Tribunal se aboco al conocimiento de la causa y para decidir observa lo siguiente:
1º) Cursa al folio 01, denuncia interpuesta por el ciudadano JOSE MIGUEL RAMIREZ MOTA; en contra del ciudadano DESCONOCIDO manifestando: “Anoche me encontraba en la tasca El Timonel de fabi, cuando unos muchachos llegaron de manera agresiva arremetiendo contra mi persona y uno de mis compañeros acusándolo de que el era quien le había robado en días pasados, luego yo corrí y mi compañero se metió en el baño y uno de los agresores comenzó a lanzarles botellas a mi compañero, luego llego la policía y trasladaron para el comando a mi compañero por la acusación que el estaban haciendo en su contra …..”
Una vez analizadas las Actas que conforman la presente causa quedó demostrado que de los hechos narrados no constituye delito y al no poderlo encuadrar en un tipo penal se debe desestimar.

Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta con lugar la solicitud de DESESTIMACIÓN, realizada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, realizada por el ciudadano JOSE MIGUEL RAMIREZ MOTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 17.672.120, residenciado en la urbanización Araya II, Municipio Cruz Salieron Acosta Estado Sucre; por no revestir carácter penal. Notifíquese a las partes. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público en su lapso legal.
La Jueza Segundo de Control
ABOG. ANADELI LEON DE ESPARRAGOZA
El Secretario
ABOG . FRANCYS RIVERO