REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Doce (12) de Junio del dos mil Catorce
155 y 204
SENTENCIA
N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2014-000071
PARTE ACTORA: DIANA CAROLINA GAMARDO URASMA
PARTE DEMANDADA: EL FOGON DE DENYS C.A
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales
Dado a que el dia de hoy doce de junio de dos mil catorce, oportunidad fijada para que tuviere lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se dejó expresa constancia en ese acto de que no comparecieron la parte actora, ni la parte demandada a la realización de la Audiencia Preliminar, así mismo se deja constancia de que compareció la Abg. Mabalys Montes, inscrita en el i.p.s.a bajo el nro. 98.777, en su carácter de Procuradora de trabajadores no presentando poder que acreditara representación alguna. En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, y en consecuencia TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. Y ASI SE DECIDE.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
El Juez
Abg. Albelu Nazaret Villarroel
La Secretaria
Abg. Lisbeth Machado
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