REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 1 de Junio de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2014-003254
ASUNTO: RP11-P-2014-003254
DECLINATORIA DE COMPETENCIA
En el día de hoy, 01 de Junio de 2014, se constituyó en la Sala Nº 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, el Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, presidido por la Juez Abg. Ysmenia Fernández Hernández, acompañada de la Secretaria Judicial en funciones de Guardia Abg. Anna Di Bisceglie y el alguacil de sala, a los fines de celebrar la Audiencia de Presentación de Imputado, en el asunto seguido en contra de la ciudadana LIZBETH DEL CARMEN BRAVO por encontrarse incurso en uno de los delitos contemplados en la Ley de precios Justos en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Acto seguido se verificó la presencia de las partes y se dejó constancia que se encuentran presentes: el Fiscal Primero del Ministerio Público Abg. Carlos Bravo, los imputados previos traslados desde la Comandancia de Policía. Acto seguido el Juez impuso a los imputados del derecho que tienen de estar asistidos de un abogado de su confianza, manifestando la ciudadana LIZBETH DEL CARMEN BRAVO si tener Abogado de Confianza que la asista, y dijo ser el Abg. LEOMAR DAVID AMBARD BOGADY, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo Nª 67.776, cedula de identidad Nª 19.124.419 y domiciliado en: La avenida Independencia, edificio Mary, pasaje colon, oficina 5-A Carúpano, del Estado Sucre, quien estando presente en esta sede judicial, se le hizo pasar a la sala, quien expuso: Juro, cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al cargo y acepto la designación siendo impuesto de las actuaciones para su revisión, garantizando a tal efecto el Tribunal, el sagrado derecho a la defensa de los imputados.
EXPOSICION FISCAL
Seguidamente el Juez le concede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien expone: Por cuanto de las actuaciones de la presente causa se evidencia la presunta comisión de uno de los delitos de la Ley Orgánica de Precios Justos, motivo por el cual solicito que las presentes actuaciones sean remitidas al Tribunal de Control con Competencia en Materia de Delitos Económicos, es todo.”
IMPOSICION DE LA IMPUTADA
Seguidamente a los fines de concederle la palabra a los Imputados, el Juez lo impone del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y del Articulo 133 del Código Orgánico Procesal Penal, que lo exime de declarar en causa propia y en su contra, y en caso de consentir podrán hacerlo sin juramento libre de coacción o apremio, con el entendido que su declaración es un medio para su defensa, quienes fueron impuestos del hecho que se les imputa y señalándoseles que su no declaración no impide la continuación de la audiencia señalando, así como de las formulas alternativas a la prosecución del proceso, por lo que el tribunal le cede la palabra al Imputado y procede a identificarse como: LIZBETH DEL CARMEN BRAVO, Venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, nacido en fecha: 21-05-1978, de 37 años de edad, de profesión u oficio del hogar, de estado civil soltera, Titular de la Cédula de Identidad Numero V- 14.977.882, hijo de Luís Aparicio Cedeño y madre desconocida, y domiciliado en: Tunapuy, Urbanización Chávez Frías, la segunda calle, casa s/n, cerca de la bodega 24 horas, Tunapuy, Municipio Libertador, estado Sucre, quien manifestó: “Me acojo al precepto constitucional, es todo.”
EXPOSICION DEL DEFENSOR PRIVADO
Acto seguido se le otorgó la palabra al Defensor Privado Abg. LEOMAR DAVID AMBARD BOGADY, quien expuso: esta defensa oída como ha sido la solicitud fiscal, solicito que sea remitida la presente causa a la mayor brevedad posible al Tribunal de Control con Competencia en Materia de Delitos Económicos.
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Seguidamente la Juez pasó a pronunciarse: Oído lo manifestado por el Fiscal Primero del Ministerio Público Abg. Carlos Bravo y por la Defensa Privada, motivo por este Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control N° 04 ACUERDA la DECLINATORIA DE COMPETENCIA de la presente causa seguida en contra de la ciudadana LIZBETH DEL CARMEN BRAVO; hasta el Tribunal Primero de Control Con Competencia en Delitos Económicos de esta Circunscripción Judicial, fijando a tal efecto audiencia para oír imputados para el día de mañana a las 09:00 de la mañana. Líbrese Oficio al Tribunal Primero Con Competencia en Delitos Económicos de esta Circunscripción Judicial, remitiendo anexo las presentes actuaciones; en consecuencia se acuerda mantenerlo en calidad de detenido en la Comandancia de Policía de esta Ciudad. Líbrese oficio a la Comandancia de Policía de esta Ciudad, a los fines de informar que la referida ciudadana quedará detenida en calidad de detenida a la orden del Tribunal Primero de Control Con Competencia en Delitos Económicos, y así mismo, deberán ser trasladados el día de mañana 02-06-2014, a las 9:00 A.M, a los fines de realizar su audiencia de presentación de imputados. Y así se decide.-
DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ACUERDA la DECLINATORIA DE COMPETENCIA de la ciudadana LIZBETH DEL CARMEN BRAVO, Venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, nacido en fecha: 21-05-1978, de 37 años de edad, de profesión u oficio del hogar, de estado civil soltera, Titular de la Cédula de Identidad Numero V- 14.977.882, hijo de Luís Aparicio Cedeño y madre desconocida, y domiciliado en: Tunapuy, Urbanización Chávez Frías, la segunda calle, casa s/n, cerca de la bodega 24 horas, Tunapuy, Municipio Libertador, estado Sucre, hasta el Tribunal Primero de Control Con Competencia en Delitos Económicos de esta Circunscripción Judicial, fijando a tal efecto audiencia para oír imputados para el día de mañana 02-06-2014 a las 09:00 de la mañana. Líbrese Oficio al Tribunal Primero Con Competencia en Delitos Económicos de esta Circunscripción Judicial, remitiendo anexo las presentes actuaciones; en consecuencia se acuerda mantenerlo en calidad de detenido en la Comandancia de Policía de esta Ciudad. Líbrese oficio a la Comandancia de Policía de esta Ciudad, a los fines de informar que la referida ciudadana quedará detenida en calidad de depósito a la orden del Tribunal Primero de Control Con Competencia en Delitos Económicos, y así mismo, deberán ser trasladados el día de mañana 02-06-2014, a las 9:00 A.M., a los fines de realizar su audiencia de presentación de imputados. Líbrese los oficios correspondientes. Quedan las partes debidamente notificadas con la lectura y firma del acta de conformidad con lo previsto en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal, es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ CUARTA DE CONTROL
ABG. YSMENIA FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA JUDICIAL
ABG. ANNA DI BISCEGLIE
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