REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 17 de Junio de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2012-006145
ASUNTO : RP01-P-2012-006145

AUTO QUE ACUERDA ORDEN DE CAPTURA
Visto el escrito presentado en fecha 21 de noviembre de 2013, por la Fiscal Principal Provisorio Décima de la Fiscalía del Ministerio Público, Yamilet Delgado García, donde expone lo siguiente:” Revisada como ha sido la causa N° RP01-P-2012-006145, seguida en contra del ciudadano GUSTAVO LUIS MAYZ, identificado en las actuaciones, por los delitos de Violencia Física y Amenazas, previstos y sancionados en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de violencia, se observa que hasta la presente fecha no se ha podido celebrar la Audiencia Preliminar convocada por este Tribunal, por causas imputadas al ciudadano GUSTAVO LUIS MAYZ, en virtud que el mismo ha hecho caso omiso a los llamados que hiciere el Tribunal, observándose con su conducta un desinterés en el proceso que se le sigue, observándose que el mismo en fecha 10 – 05 – 2013 quedó notificado para la audiencia a realizarse en fecha 18 – 10 – 2013 y el mismo no compareció, no justificando hasta la presente fecha su incomparecencia.
Razón por la cual solicito a este Tribunal de conformidad con las atribuciones que me confiere el artículo 114 numeral 7 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre De violencia y 248 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, revoque las medidas de protección y seguridad y mediadas cautelares en contra del referido imputado y en consecuencia ORDENE LA CAPTURA en contra del ciudadano GUSTAVO LUIS MAYZ, a fin de garantizar su comparecencia ante este Tribunal para la realización de la Audiencia Preliminar”

DISPOSITIVA
Seguidamente este Juzgado visto lo alegado por la Fiscal Principal Provisorio Décima de la Fiscalía del Ministerio Público, Yamilet Delgado García, en virtud que el mismo ha hecho caso omiso a los llamados que hiciere el Tribunal, observándose con su conducta un desinterés en el proceso que se le sigue, observándose que el mismo en fecha 10 – 05 – 2013 quedó notificado para la audiencia a realizarse en fecha 18 – 10 – 2013 y el mismo no compareció, no justificando hasta la presente fecha su incomparecencia, este Juzgado acuerda LIBRAR ORDEN CAPTURA, en contra del imputado, ciudadano GUSTAVO LUIS MAYZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.147.857, nacido en fecha 19 – 12 – 1974, de profesión pescador, domiciliado en la calle principal de Petare, casa verde frente a la parada de los autobuses estado Sucre, por estar incurso en la presunta comisión de los delitos de Violencia Física y Amenazas, previstos y sancionados en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre De violencia en perjuicio de BEAMAR CATALINA RAMOS MAIZ. Para lo cual se deberán librar los oficios respectivos a fin de que sea incluido en el sistema SIIPOL, como persona solicitada; el cual una vez aprendido deberá ser ingresado al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre de esta ciudad de Cumaná, quedando a la orden de este Juzgado Primero de Control.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
ABG. PEDRO CORASPE BOADA.
LA SECRETARIA
ABG. IVETTEE FIGUEROA