TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRES ELOY BLANCO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE

Cariaco, 23 de Julio de 2014
204° y 155°

Vistas las declaraciones de los testigos ciudadanos: CARLOS RAFAEL COA RODRIGUEZ Y FREDDY RAFAEL COA SALAMANCA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la Población de Terranova abajo Parroquia Rendón Municipio, Municipio Ribero del Estado Sucre, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.973.382 y V- 22.626.618, respectivamente, rendidas por ante este Tribunal a petición del ciudadano, KEIM JESÚS SANCHEZ MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.404.282, plenamente identificado, quien solicita al Tribunal declare BASTANTE Y SUFICIENTE dichas actuaciones para otorgarle sus derecho de propiedad que tiene y le corresponde sobre unas bienhechurias construidas en un terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra (INTI), el cual presenta las siguientes medidas: VEINTINUEVE HECTAREAS CON DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (29 has con 2.888 Mts2). El mismo presenta los siguientes linderos; NORTE: Río Carinicuao, vía de penetración y terreno ocupado por el señor Teodoro Marcano; SUR: Carretera Nacional Cumana-Carúpano; ESTE: Río Carinicuao, terrenos ocupados por el señor Miguel Campos, Santos Orozco y Oscar Romero; Y OESTE: Con terreno ocupado por el señor Santiago Gómez. Demarcado por los puntos de coordenadas levantadas en proyección Universal Transversal de Mercator (UTM), Huso 20Datun REGVEN identificados de la siguiente manera: El lote 1, p8, Este: 431824, NORTE: 1159599Ellote: 1,P7, ESTE: 431714, NORTE: 1159597, Ellote: 1,P6, Este: 431362, Norte: 1159542, Ellote, P2, Este: 431176, Norte: 1159375, Ellote: 1,P3, Este: 431292, Norte: 1159362, Ellote: 1, p4, Este: 431304, Norte: 1159359, Ellote: 1, P9, Este: 431812, Norte: 1159352, Ellote: 1, P5, Este: 431333, Norte: 1159311; El lote: 1, P11, Este: 431603, Norte: 1159278, Ellote: 1, P2, Este: 431656, Norte: 1159124, El lote: 1, P13 Este: 431639, Norte: 1159034, El lote: 1, P15, Este: 431872, Norte: 1159003, El lote: 1, P16, Este: 431673, Norte: 1158977, El lote: 1, P17, Este: 431359, Norte: 1158932, El lote, P1, Este: 431217, Norte: 1158925, ubicado en el Sector Pueblo Nuevo, Asentamiento Campesino sin información, Parroquia Rendón, Municipio Ribero, Estado Sucre. Construyó unas bienhechurias constituidas por una casa de habitación familiar de dos plantas o dos niveles, Un (1) Comedero para animales, y Un (1) Corral manga de viga doble (t), la casa de habitación familiar es dos plantas o dos niveles, la primera planta ocupa un área de construcción de Catorce Metros con Cincuenta Centímetros (14,50 Mts) de largo por Doce Metros (12, Mts) de ancho, haciendo un total de Ciento Setenta y Cuatro Metros Cuadrados (174, Mts2), y esta conformada en su interior por Dos (2) Habitaciones, Dos (2) Baños Un (1) Salón, y se encuentra construida con paredes de bloque de concreto frisado, piso de concreto pulido y cerámica, techo de platabanda, con sus tuberías de aguas negras y blancas e instalaciones eléctricas, la segunda planta ocupa un área de construcción de Catorce Metros con Cincuenta Centímetros (14,50 Mts) de largo por Siete Metros Con Cincuenta Centímetros (7,50 Mts) de ancho, haciendo un total de Ciento Ocho Metros Cuadrados (108, Mts2) y esta conformada en su interior por Dos (2) Habitaciones, Dos (2) Baños, y se encuentra construida con paredes de bloque de concreto frisado, piso de concreto pulido, techo de asbesto, con tuberías de aguas negras y blancas e instalaciones eléctricas. En cuanto al Comedero para animales presenta un área de construcción de Veinte Metros (20, Mts) de largo por Cuatro Metros (4, Mts), de ancho haciendo un total de Ochenta Metros Cuadrados (80, Mts2), esta construida con piso de vigas de acero doble t, el lote de terreno restante donde se encuentra las bienhechurias se encuentra sembrado Veintiséis (26) hectáreas de pasto estrella y árboles frutales Veinte (20) Matas de Naranja, Quince (15) Matas de Limón, Quince (15) Matas de Tamarindo, en la referida construcción se invirtió la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES FUERTES (Bs., 1.000.000,oo) F, con los cuales pago la mano de obra y los materiales utilizados en la dicha construcción.- Y por cuanto los testigos están contestes en afirmar en todas y cada unas de sus partes acerca de los particulares a que se contrae la presente solicitud, este TRIBUNAL DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTES dichas actuaciones para otorgarle a el solicitante ciudadano: KEIM JESÚS SANCHEZ MARCANO, sus derechos que tiene y le corresponde sobre las antes descritas bienhechurias, todo ello conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código Adjetivo civil, salvo mejor derecho de tercero. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente solicitud a los fines de su archivo.
LA JUEZ.,
Dra. Ynès G. Maíz Salazar

LA SECRETARIA,

Abg. Luisa M. Guzmán Quijano.



NOTA: se devuelve esta diligencia, originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.-


LA SECRETARIA
Abg. Luisa M. Guzmán Quijano.-





Solic. Nº 2.014-063