REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Cumaná- Estado Sucre
Cumaná, veintidós de julio de dos mil catorce
204º y 155º

SENTENCIA


ASUNTO : RP31-S-2014-000002
PARTE ACTORA : FREDDY GONZALEZ
PARTES DEMANDADA: FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA DEL ESTADO SUCRE (FUNDACITE-SUCRE).
MOTIVO: NULIDAD DE CONTRATO


Vista la diligencia presentada por el ciudadano FREDDY GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N°3862349, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 31.794, actuando en nombre propio, manifestando que Desiste del procedimiento, este Tribunal Segundo de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo de conformidad con lo establecido en el articulo 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente desistimiento y declara terminado el presente procedimiento. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión.
.
La Juez,

Abg. ZORAIDA LEMUS ROMERO

El secretario


Abg. Lisbeth Machado