REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 30 de Julio del 2014
204° y 155°
Exp. N° 17.129

DEMANDANTE: JOSE ANTONIO SANCHEZ GUERRA, titular de
la Cédula de Identidad N° 510.375.

APODERADO: Abgs. VICTOR DIAZ ORTIZ y GUILLERMO
TINEO GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado
bajo el N° 23.150 y 30733.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

DEMANDADO (S): NICOLAS HUMBERTO GASPAR y ARMANDO
MAITA, sin Cédulas de Identidad.

APODERADO (S): No otorgaron Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyeron.

MOTIVO: INTERDICTO DE DESPOJO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (CON FUERZA DE
DEFINITIVA).

Vista la diligencia que antecede suscrita por el Abogado en ejercicio ciudadano: VICTOR DIAZ ORTIZ, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.150, con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante en el presente juicio, en la cual Desiste del procedimiento, el Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Desistimiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena suspender la Medida de Secuestro decretada en fecha 23 de Septiembre de 2.013. Se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide. Asimismo, se ordena la devolución de los documentos cursantes a los folios 5 y vto, 6 y vto, 18, 19 vto, 22 al 30, 34 y 39 al 40, previa la certificación de las copias en autos. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.


SGDM-mmg.
Exp. N° 17.129