JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Cumaná, 30 de Julio de 2014.-
204° y 155
SENTENCIA N° 45-2014-I.
MOTIVO: DAÑO MORAL DERIVADO DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO
DEMANDANTE: MIGUEL JESUS CASTILLO DÍAZ
DEMANDADO: JUAN JOSÉ HERNÁNDEZ BELLORIN
Visto el CONVENIMIENTO anterior de fecha Dieciocho (18) de junio de 2014, realizado por el ciudadano MIGUEL JESUS CASTILLO DÍAZ, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.878.837, parte Actora, representado por el Abogado en ejercicio SANDY AMADO ROJAS FARIAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 48.614, y el ciudadano JUAN JOSÉ HERNANDEZ BELLORIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.967.644, parte Demandada, representado por el Abogado en ejercicio CARLOS ENRIQUE MENESES CARABALLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.295.485, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 44.874; habiéndosele dado cuenta a la Ciudadana Jueza de este Juzgado, y por cuanto se observa que el Convenimiento efectuado está ajustado a derecho y los solicitantes del auto Homologatorio poseen capacidad procesal para ejercer la potestad de realizar el CONVENIMIENTO, así como capacidad Jurídica para disponer del objeto que versa la controversia, es decir, sobre Derechos disponibles, no resultando violado el orden Público ni las buenas costumbres, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil vigente, le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente al CONVENIMIENTO efectuado por ambas partes.- Así se decide.-
Publíquese y Regístrese. Diarícese y déjese copia certificada. Publíquese en la página Web de este Tribunal.
Dada, Firmada y Sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.- Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.- Cumaná, treinta (30) de julio de 2014.-
JUEZA
DRA. INGRID C. BARRETO DE ARCIA
SECRETARIA,
ABOG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO.
NOTA: En esta misma fecha (30/07/2014), siendo las 10:30 a.m., previos los requisitos de Ley se publicó la anterior sentencia.
SECRETARIA,
ABOG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MOTIVO: DAÑO MORAL DERIVADO DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO
EXP. N° 10101.
ICBdeA//afc//.-
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