REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL N 5
Carúpano, 02 de Julio de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2012-003885
ASUNTO: RP11-P-2012-003885
Celebrada como ha sido el día 19/06/2014, la Audiencia de verificación de cumplimiento de condiciones en el asunto arriba señalado donde aparece como acusado ELPIDIO JOSE MARTINEZ; por estar incurso en la comisión del delito de DEGRADACION DE SUELOS, TOPOGRAFIAS Y PAISAJES previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Penal Del Ambiente, en perjuicio de la COLECTIVIDAD. Seguidamente se verifica la presencia de las partes, encontrándose presente la defensora público n° 02 Abg. Jenny Aponte, el Fiscal Segundo del Ministerio Público con competencia en Defensa Ambiental Abg. Carmen Lopez y el acusado ELPIDIO JOSE MARTINEZ. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al Defensor Público, quien expone: ‘’ Toda vez que mi representado cumplió cabalmente con las condiciones impuestas por este tribunal; como suspensión condicional del proceso, lo que significa que necesario es decretar el sobreseimiento de la causa de conformidad con lo previsto en el artículo 300 numeral 3 ° del Código Orgánico Procesal Penal. Es Todo. ‘’ acto seguido se le cede el derecho de palabra al acusado ELPIDIO JOSE MARTINEZ, quien expone: yo cumplí con todas las condiciones impuestas por el tribunal y consigno el informe de la labor comunitaria. Es todo.
DEL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
revisada como ha sido el presente asunto, y evidenciándose en libro llevado por la unidad de alguacilazgo de este circuito judicial del régimen de presentaciones impuesto en el acto de audiencia preliminar es por lo que solicito se sirva decretar el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con el articulo 300 numeral 3 en relación con el 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto se evidencia que el acusado cumplió con las obligaciones impuesta por el tribunal y en consecuencia se extinga la acción penal.
RESOLUCION DEL TRIBUNAL
Celebrada en el día de hoy, Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Condiciones impuestas al acusado ELPIDIO JOSE MARTINEZ; con ocasión a la Suspensión Condicional del Proceso, decretada en fecha 27/11/2013, por la comisión del delito de DEGRADACION DE SUELOS, TOPOGRAFIAS Y PAISAJES previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Penal Del Ambiente , en perjuicio de la COLECTIVIDAD, este Tribunal pasa a decidir las peticiones de las partes de la siguiente manera: el Tribunal observa que en fecha 27/11/2013, se celebró audiencia preliminar donde le fue concedido al acusado ELPIDIO JOSE MARTINEZ, la suspensión condicional del proceso por la comisión del delito de DEGRADACION DE SUELOS, TOPOGRAFIAS Y PAISAJES previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Penal Del Ambiente , en perjuicio de la COLECTIVIDAD; quien cumplió con las siguientes condiciones durante el plazo de tres (03) meses, las siguientes: PRIMERO: siembra de cincuenta (50) árboles ornamentales y frutales SEGUNDO: Tomar fotos de la siembra realizada y consignarla al tribunal el día de la audiencia de verificación de condiciones impuestas. Una vez verificado como fue el cumplimiento de dichas condiciones, mediante revisión a nivel sistemático del régimen de presentaciones impuesto, así como del informe presentado y transcurrido el tiempo establecido en la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 27/11/2013, es por lo que este Juzgador EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal, y en consecuencia DECRETA de conformidad con el articulo 300 ejusdem EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor del ciudadano ELPIDIO JOSE MARTINEZ, Venezolano, natural de Carúpano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V.- 11.441.930, de profesión u oficio agricultor, de 46 años de edad, nacido en fecha 05/05/1968, hijo de: Carmen Martinez y Manuel Martinez, domiciliado en el Camino de Cariaco; Cerca de Camino De Guiria, casa sin numero, casa blanca, Municipio Andrés Mata Del Estado Sucre, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por el cumplimiento definitivo de las condiciones impuestas. Cesando así las condiciones bajo las cuales le otorgaron la Suspensión Condicional del Proceso. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ELPIDIO JOSE MARTINEZ, Venezolano, natural de Carúpano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V.- 11.441.930, de profesión u oficio agricultor, de 45 años de edad, nacido en fecha 05/05/1968, hijo de: Carmen Martinez y Manuel Martinez, domiciliado en el Camino de Cariaco; Cerca de Camino De Guiria, casa sin numero, casa blanca, Municipio Andrés Mata Del Estado Sucre, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de DEGRADACION DE SUELOS, TOPOGRAFIAS Y PAISAJES previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Penal Del Ambiente , en perjuicio de la COLECTIVIDAD; en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas como Régimen de Presentaciones y labor comunitaria y verificada las condiciones impuestas, de conformidad con lo establecido en el articulo 300 en relación con el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase en su debida oportunidad al Archivo Judicial. Quedan las partes notificadas de la presente decisión en esta misma sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Cúmplase.-
LA JUEZA QUINTO DE CONTROL
ABG. OLGA STINCONE ROSA VELÁSQUEZ
SECRETARIO JUDICIAL
ABG. PATRICIA RASSE BOADA
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