REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y
MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Cumaná, 17 de Julio de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-001286
ASUNTO : RP01-P-2014-001286

SE DECRETA EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA
CAUTELAR DE PRESENTACIÓN

Visto la solicitud presentada por los Abogados JESÚS MARDEN AMARO ALCALÁ y CAROLINA DE LOS ANGELES MARTÍNEZ ACOSTA, quienes actúan con el carácter de defensores privados del ciudadano JOSE GREGORIO GOMEZ MAYZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.825.977, solicitando se decrete el cese de la medida cautelar impuesta, consistente en presentaciones cada Quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por el lapso de Cuatro (04) Meses, este Tribunal observa que desde la fecha 11 de Febrero de 2014, ha transcurrido el lapso de tiempo fijado por el Tribunal para el cumplimiento de la medida; en razón de ello estima este Juzgador que por cuanto ha excedido el lapso de presentación que le fuera impuesto al mismo, y al no constar en autos que dicho ciudadano esté incurso en otro acontecimiento similar al que dio lugar a la imposición de la medida impuesta, aunado al hecho de que se constata el fiel cumplimiento a las presentaciones ante la Unidad de Alguacilazgo, debe cesar las mismas de conformidad con el artículo 44 de nuestro texto fundamental Constitucional, en concordancia con el artículo 233, 9 de la norma adjetiva penal, por lo que asi se debe declarar.

DECISISÓN JUDICIAL
En atención a lo expuesto este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA EL DECAIMIENTO DEL REGIMEN DE PRESENTACIÓN, que venía cumpliendo el ciudadano JOSE GREGORIO GOMEZ MAYZ, Venezolano, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.825.977, Casado, natural de Cumaná, fecha de nacimiento 28-08-73, de profesión u oficio ingeniero, hijo de Carmen Dolores Mayz de Gómez y Manuel Alejandro Gómez (F), residenciado en la Urbanización Ciudad Jardín Nueva Toledo, Manzana I-03, Calle 10, casa 05, Cumaná, Estado Sucre; por lo que se acuerda librar oficio al Jefe de la Unidad de Alguacilazgo de esta sede judicial, para que se tome la debida nota. Se acuerda notificar a las partes, ratificándole la convocatoria al acto de audiencia preliminar para el día 25 de agosto de 2014 a las 10:00 am. Cúmplase.-
El Juez Quinto de Control
Abg. Carlos Julio González
La Secretaria
Abg. Dubraska Franco