REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.

Cumaná, 20 de Febrero de 2014
203º y 155º
ASUNTO Nº: JMS1-6967-13
PARTE ACTORA: GUZMAN FIGUERAS LUIS MANUEL
PARTE DEMANDADA: RODRIGUEZ RODRIGUEZ EUDY MARY JOSE
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR

En fecha 23 de Septiembre de 2013 se recibió de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, demanda por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, incoada por JESUS MANUEL MOYA MARCANO, en su carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Publico en materia de Proteccion de Niños, Niñas y Adolescentes a requerimiento del ciudadano LUIS MANUEL GUZMAN FIGUERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.936.115 contra la ciudadana EUDY MARY JOSE RODRIGUEZ RODRIGUEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 18.775.024 a favor de su hija Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Dicha demanda fue admitida y se ordeno la notificación de las partes, para la celebración de la audiencia de mediación de la audiencia preliminar el dia 20-02-14.

Ahora bien siendo el día y la hora establecida para la celebración de la audiencia de mediación de la audiencia preliminar, se dejo constancia de la no comparecencia de las partes ciudadanos: LUIS MANUEL GUZMAN FIGUERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.936.115contra la ciudadana EUDY MARY JOSE RODRIGUEZ RODRIGUEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 18.775.024 declarándose concluida la audiencia tal y como lo señala el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se termina el proceso y se procede a dictar sentencia oral la cual es reproducida en un acta que es publicada en este mismo día. En consecuencia se Desestima el presente procedimiento.

Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Cumaná, bajo decisión de la Jueza, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO el presente procedimiento. Así se decide. La presente sentencia ha sido dictada dentro de su lapso legal. Publíquese de conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento al mandato del artículo 248 ejusdem, déjese copia certificada. Y publíquese en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Sede Cumaná. La Jueza (fdo) Abg. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET. La Secretaria (fdo) Abogado HAYARIT RODRIGUEZ, Es copia fiel y exacta de su original que certifico en la ciudad de Cumaná, a los diecisiete (17) días del mes de Febrero del año dos mil catorce (2014). 203° años de la Independencia y 154° de la Federación.-

LA SECRETARIA
Abg. HAYARIT RODRIGUEZ


MEGL/nai
ASUNTO Nº: JMS1-6967-13
PARTE ACTORA: GUZMAN FIGUERAS LUIS MANUEL
PARTE DEMANDADA: RODRIGUEZ RODRIGUEZ EUDY MARY JOSE
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR