REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.


Cumaná, 17 de Febrero de 2014.
203º y 154º

ASUNTO: JMS1-S-5552-14
PARTES: LISBETH MARIA CARDOZO CHACON y WILFREDO
VICENTE VILLALBA PINO

MOTIVO: HOMOLOGACIÓN INTERPUESTA POR FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL PRIMER CIRCUITO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

INSTITUCION FAMILIAR: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en beneficio de sus hijos, la niña WILBELYS ABIGAIL VILLALBA PINO, de once (11) años de edad y el niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de cinco (5) años de edad.


Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha 14-10-2013. solicitud de homologación presentada por la FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL PRIMER CIRCUITO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, contentiva del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos LISBETH MARIA CARDOZO CHACON y WILFREDO VICENTE VILLALBA PINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.283.949 y V-9.934.016, respectivamente, y domiciliados la primera en la calle El Espejo, casa s/n°, a cinco (05) casas de la bodega del señor Juan Luna, jurisdicción de la parroquia Raúl Leoni del Municipio Sucre del Estado Sucre y el segundo en la Urbanización Mesones, calle Anzoátegui, casa N° 14, jurisdicción de la parroquia El Carmen del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, en relación a OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, de su sus hijos, la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de once (11) años de edad y el niño MOISES DAVID VILLALBA CARDOZO, de cinco (5) años de edad, suscrito en fecha 28-01-2014, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: El ciudadano WILFREDO VICENTE VILLALBA PINO, antes identificado pasará a suministrar por Obligación de Manutención la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,oo) mensuales, a razón de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,oo) quincenales. Bono de Fin de Año para la compra de ropa, calzado y juguetes por la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS (Bs. 3.500,oo). De igual manera los progenitores de los niños se comprometen a cubrir el 50% de médicos, medicinas, útiles escolares y uniformes. Asimismo, el padre de los niños solicita al Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre ordene aperturar una cuenta de ahorro para consignar lo referente a la Obligación de Manutención. La ciudadana LISBETH MARIA CARDOZO CHACON, manifestó estar de acuerdo con dicho convenimiento. Cúmplase.-
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.- CUMPLASE.- La Jueza (fdo) Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET. La Secretaria (fdo) HAYARIT RODRIGUEZ. Es copia fiel y exacta de su original que certifico en la ciudad de Cumaná, a los Diecisiete (17) días del mes de Febrero del año Dos Mil Catorce (2014).






ABG. HAYARIT RODRIGUEZ
SECRETARIA







MEG/cecilia
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
MOTIVO: HOMOLOGACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION