REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 12 de Febrero de 2014
203º y 154º
ASUNTO: JMS1-S-5506-14
SOLICITANTE: ASDRUBAL JOSE HERNANDEZ
MOTIVO: CARGA FAMILIAR
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales de los testigos LEONILDA YSABEL MUDARRA VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.184.753, domiciliada en la Urbanización Villa Cariño, Manzana A-A, N° 1, calle Romance, vía peñón de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre y DUBANNY DEL VALLE FIGUEROA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.082.631, domiciliada en la Trinidad, Vereda H-5, Casa N° 09 de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, promovidas en la presente solicitud interpuesta por el ciudadano ASDRUBAL JOSE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.083.527, domiciliado en la Urb. La Llanada, Sector 04, Calle 12, Casa N° 06, Cumaná, Estado Sucre; debidamente asistido por la Abogada. MARISOL HERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública en Materia de Proteccion de Niños, Niñas y Adolescentes; actuando en nombre y representación del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de seis (06) años de edad, quien es hijo biológico de su hija MARIA JOSE HERNANDEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-16.996.533; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ordena que sea incluido en la CARGA FAMILIAR del ciudadano ASDRUBAL JOSE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.083.527, domiciliado en la Urb. La Llanada, Sector 04, Calle 12, Casa N° 06, Cumaná, Estado Sucre, el niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de seis (06) años de edad, quien es hijo biológico de su hija MARIA JOSE HERNANDEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-16.996.533. Asimismo, se ordena la expedición de tres (03) juegos de copias certificadas de las resultas y sus correspondientes vueltos. CUMPLASE. La Jueza (fdo.) Abg. MARIA EUGENIA GRAZIANI. La Secretaria (Fdo.) Abg. HAYARIT RODRIGUEZ. Es copia fiel y exacta de su original que se certifica en la ciudad de Cumaná, a los Doce (12) días del mes de Febrero del año Dos Mil Catorce (2014). Años 203° de la Independencia y 154º de la Federación.-
LA SECRETARIA,
HAYARIT RODRIGUEZ
MEG/HR/cecilia
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