REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 10 de Febrero de Dos Mil Catorce (2014)
203º y 154º

ASUNTO: JMS1-S-5486-14
SOLICITANTE: COVA CARREÑO ABEL RAFAEL
MOTIVO: CARGA FAMILIAR


Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales de los testigos MARVAL OVIDIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.708.067, domiciliado en Calle 01, Casa N° 07, Barrio Ensal Araya Municipio Cruz Salmeron Acosta y el ciudadano: CARREÑO CARREÑO JOSE ALEJANDRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.978.318, domiciliado en EL Barrio Nueva Araya Municipio Cruz Salmeron Acosta promovidas en la presente solicitud interpuesta por el ciudadano COVA CARREÑO ABEL RAFAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.984.388 domiciliado en el Barrio Ensal, Calle 5, Casa N° 28, Araya Municipio Cruz Salmeron Acosta del estado Sucre debidamente asistido de la Abogada. SUSAM MARTINEZ en su carácter de Defensora Pública Auxiliar actuando en representación de sus nietos los adolescentes Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de catorce (14), doce (12) y diez (10) años de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: 26.918.441, 27.674.536 y 30.018.734, quienes son hijos de mi hija la ciudadana ELISBETH NOEMI COVA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° 16.313.850, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ordena que sean incluidos en la CARGA FAMILIAR del ciudadano COVA CARREÑO ABEL RAFAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.984.388 domiciliado en el Barrio Ensal, Calle 5, Casa N° 28, Araya Municipio Cruz Salmeron Acosta, sus nietos, los adolescentes Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de catorce (14), doce (12) y diez (10) años de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: 26.918.441, 27.674.536 y 30.018.734, respectivamente. Asi mismo se ordena la expedición de tres (03) juegos de copias certificadas de las resultas y sus correspondientes y sus vueltos. CUMPLASE. La Jueza (fdo.) Abg. MARIA EUGENIA GRAZIANI. La Secretaria (Fdo.) Abg. HAYARIT RODRIGUEZ. Es copia fiel y exacta de su original que se certifica en la ciudad de Cumaná, a los diez (10) días del mes de Febrero del año Dos Mil Catorce (2014). Anos 203° de la Independencia y 154º de la Federación.-

LA SECRETARIA,
HAYARIT RODRIGUEZ

ASUNTO: JMS1-S-5486-14
SOLICITANTE: COVA CARREÑO ABEL RAFAEL
MOTIVO: CARGA FAMILIAR
MEG/nai