LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
RIO CARIBE, 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2014
203° Y 154°
Exp. N°.12-2014.-
SOLICITANTE: FELIX VALOHI CAMPOS
Titular de la Cédula de Identidad
N°.V-5.911.742
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO
APODERADO: NO OTORGO
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
En fecha 31 de Enero del año 2.014, compareció por ante este Juzgado el ciudadano: FELIX VALOHI CAMPOS, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en Santa Isabel, Sector El Mago, Parroquia Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y titular de la Cédula de Identidad N°.V-5.911.742, asistido en este acto por el abogado CARLOS CANDALLO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad número V-14.717.025, domiciliado en la calle Francisco Antonio Vásquez, casa s/n, Parroquia Francisco Antonio Vásquez, Los Arroyos, Municipio Benítez del Estado Sucre, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 110.475, quien solicita la declaración de un Titulo Supletorio, a su favor sobre unas Bienhechurías, enclavadas en una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra (INTI), donde ha sembrado y construido unas bienhechurías a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, constante de: Quince Mil Quinientas (15.500) Plantas de Cacao aproximadamente, Doscientas (200) de Cambur, Cuarenta (40) de Aguacates, Siete (7) de Apamate, Cinco (5) Cedro, que las sembró a partir del año mil novecientos ochenta y cuatro (1984). Las bienhechurías supra identificadas están enclavadas en un lote de terreno ubicado en el Asentamiento Campesino Río Caribe-Yaguaraparo, Santa Isabel, Sector El Mango, Parroquia Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, cuyos linderos particulares son; NORTE: Con terreno ocupado por Gregorio González. SUR: Con terrenos ocupado por Juan Larez Granado y Adonis Rausseo. ESTE: Con terrenos del INTI. OESTE: Con
terrenos ocupados por Gregorio Rausseo, demarcado por puntos de coordenadas levantadas en Proyección Universal Transversal de Mercator (UTM) con Datum CANOA, Huso 20 que comienzan en 1 Norte: 1173866; Este: 505366; 2 Norte: 1173833 Este: 505726; 3 Norte: 1173765; Este: 506012; 4 Norte: 1173417; Este: 506207; 5 Norte: 1173413; Este: 505903; 6 Norte: 1173695; Este: 505544; 7 Norte: 1173605; Este: 505442; 8 Norte: 1173404; Este: 505526; 9 Norte: 1173396; Este: 505294; 10 Norte: 1173866; Este: 505366. Constante de una superficie de VEINTICINCO HECTAREAS CON TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS (25 ha con 3243 m2). Con un valor aproximado de UN MILLON CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.1.050.000,oo).
Se da admisión a la presente solicitud y se fija para la presentación de los testigos el Primer día de despacho siguiente a las Nueve de la Mañana (09:00 a.m.), los cuales dan fe de sus dichos. Ahora bien, llenos como se encuentran los extremos de ley tal cual como lo establecen los artículos 936 y 937 del código de procedimiento civil, para que prospere la solicitud de titulo supletorio, a favor del solicitante, resulta forzoso declarar la procedencia de la misma y así se decide. Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Titulo Supletorio a favor del ciudadano Titulo Supletorio a favor de FELIX VALOHI CAMPOS, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en Santa Isabel, Sector El Mago, Parroquia Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y titular de la Cédula de Identidad N°.V-5.911.742; a su favor sobre unas Bienhechurías, enclavadas en una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra (INTI), donde ha sembrado y construido unas bienhechurías a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, constante de: Quince Mil Quinientas (15.500) Plantas de Cacao aproximadamente, Doscientas (200) de Cambur, Cuarenta (40) de Aguacates, Siete (7) de Apamate, Cinco (5) Cedro, que las sembró a partir del año mil novecientos ochenta y cuatro (1984). Las bienhechurías supra identificadas están enclavadas en un lote de terreno ubicado en el Asentamiento Campesino Río Caribe-Yaguaraparo, Santa Isabel, Sector El Mango, Parroquia Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, cuyos linderos particulares son; NORTE: Con terreno ocupado por Gregorio González. SUR: Con terrenos ocupado por Juan Larez Granado y Adonis Rausseo. ESTE: Con terrenos del INTI. OESTE: Con terrenos ocupados por Gregorio Rausseo, demarcado por puntos de coordenadas levantadas en
Proyección Universal Transversal de Mercator (UTM) con Datum CANOA, Huso 20 que comienzan en 1 Norte: 1173866; Este: 505366; 2 Norte: 1173833 Este: 505726; 3 Norte: 1173765; Este: 506012; 4 Norte: 1173417; Este: 506207; 5 Norte: 1173413; Este: 505903; 6 Norte: 1173695; Este: 505544; 7 Norte: 1173605; Este: 505442; 8 Norte: 1173404; Este: 505526; 9 Norte: 1173396; Este: 505294; 10 Norte: 1173866; Este: 505366. Constante de una superficie de VEINTICINCO HECTAREAS CON TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS (25 ha con 3243 m2). Con un valor aproximado de UN MILLON CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.1.050.000,oo). DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Publíquese, Regístrese y Expídase por secretaria, las copias certificadas correspondientes y entréguesele a su solicitante.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Río Caribe, a los Diecisiete (17) días del mes de Febrero del dos mil catorce (2014).- Años 203° de la Independencia y 154º de la Federación.-
El Juez Provisorio,
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Abg. LUICE ALVAREZ HURTADO
El Secretario,
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ
Nota: En esta misma fecha (17-02-2014), se publicó la anterior Sentencia, siendo las 01:00 de la Tarde.-
El Secretario,
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ
Exp. Nº.12-2014.-
LAH/gg.-
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