REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano
Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescente
Carúpano, 20 de febrero de 2014
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2013-000274
ASUNTO: RP11-D-2013-000274
AUTO DE EJECUCIÓN
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Segundo De Control de esta Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, en fecha 05-02-2014, mediante la cual se sancionó a "OMISSIS"; por hallarlo incurso en la comisión de los delitos de Robo Propio Y Lesiones Personales Genericas, previstos y sancionados en los artículos 455 y 413 ambos del Código Penal Vigente; en perjuicio del adolescente Omar Jose Villarroel Salazar; Al Cumplimiento de la sanción de Amonestación, contemplada en el artículo 620 Literal “A” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y del Adolescente, en concordancia con el artículo 623 ejusdem; este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata EJECUCIÓN de la presente Sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en los siguientes términos: PRIMERO: Este Tribunal observa que el adolescente fue objeto de detención preventiva del 26/08/13 al 03/09/13 totalizando el lapso de ocho (08) días. SEGUNDO: Para el cumplimiento de la medida de Amonestación, el sancionado deberá ser impuesto de la respectiva recriminación verbal, motivo por el cual se fija audiencia de imposición para el día 11/03/14 a las 09:45 a.m. en la sede de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Notifíquese a las partes líbrese oficio a la Comandancia de Policía del Andrés Mariño remitiendo las citaciones de las personas que residen en dicha jurisdicción. Cúmplase.-
La Juez de Ejecución
Abg. Marisandra Cañizares G. La secretaria
Abg. Onelia Díaz
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