REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARUPANO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIALPENAL DEL ESATADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03

Carúpano, 13 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-000539
ASUNTO: RP11-P-2008-000539


AUDIENCIA ESPECIAL


Realizada como ha sido la audiencia especial de verificación de cumplimiento de las condiciones impuestas por el tribunal; 11 de Febrero del 2014, donde se constituyó en la Sala de Audiencias N° 01-B, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, el Tribunal Tercero de Control presidido por el Juez, Abg. Abelardo Royo, acompañado por la Secretaria Judicial, Abg. Dorys Malavé y el alguacil de la sala José Vásquez, a los fines de llevarse a cabo la celebración de la Audiencia Especial, en el asunto Nº N° RP11-P-2008-000539, seguido a los imputados YENITZA DEL VALLE MARCANO y JORGE LEONARDO CALAZÁN, a quienes se les sigue el presente asunto, por la presunta comisión de delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previstos y sancionados en el articulo 34 de La Ley contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad. Acto seguido, se verificó la presencia de las partes encontrándose presentes: el Fiscal Auxiliar Tercero del Ministerio Público con competencia en Materia de Droga Abg. Simón Márquez, los imputados Yenitza Del Valle Marcano y Jorge Leonardo Calazán, y la defensora publica Abg. Jenny Aponte en sustitución de la Defensora Pública Nº 02 Abg. Siolis Crespo. Acto seguido pide la palabra el imputado JORGE LEONARDO CALAZÁN quien expone: Nosotros cumplimos con el trabajo que nos fijo el tribunal, y no hemos cumplido con las presentaciones que nos puso el tribunal porque cuando veníamos aquí a traer los recaudos nos decían que eso no era por aquí, por es por lo que solicito se me de una oportunidad. Es todo. Acto seguido pide la palabra el imputado YENITZA DEL VALLE MARCANO, quien expone: Nosotros cumplimos con el trabajo que nos fijo el tribunal, y no hemos cumplido con las presentaciones que nos puso el tribunal porque cuando veníamos aquí a traer los recaudos nos decían que eso no era por aquí, por es por lo que solicito se me de una oportunidad. Es todo. Acto seguido pide la palabra la defensa Pública Abg. Jenny Aponte, quien expone: oído lo manifestado por mis representados referente a que se le de una oportunidad para poder cumplir, pido respetuosamente al tribunal acuerde la ampliación del régimen el lapso que estime este Tribunal, conforme a lo previsto al articulo 46 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo.” Acto seguido se le concede la palabra a la representante el Ministerio Público, quien expone: no me opongo a que se le amplié al imputado el régimen para el cumplimiento de la obligación que tiene de presentarse. Es todo. Acto seguido toma la palabra el juez quien expone: escuchado lo manifestado por los imputados de autos, por la defensora y por la no oposición del representante del Ministerio Público este Tribunal Tercero de Control ACUERDA la prorroga del Régimen para el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Lapso de Cuatro (04) meses a los imputados YENITZA DEL VALLE MARCANO y JORGE LEONARDO CALAZÁN, presentaciones cada Sesenta (60) días por el lapso de Cuatro (04) Meses por ante la Unidad de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial; todo de conformidad a lo establecido en el articulo 47 Código Orgánico Procesal Penal; asimismo se Acuerda Verificar el cumplimiento con la prorroga aquí acordada el día 11-06-2014 a las 11:30 de la mañana en las Instalaciones de este circuito judicial. Se insta a la Defensa Publica a los fines de que consigne los recaudos presentados por los imputados de autos, quedan notificados los presentes con la firma del acta. Así se decide; Cúmplase.
La Juez Tercero de Control


Abg. Abelardo Royo
La Secretaria Judicial

Abg. Dorys Malavé