REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 11 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2013-000271
ASUNTO : RP01-D-2013-000271

ACTUALIZACION DE CÓMPUTO
Sancionado: xxxxxxxxxxxxx

Examinadas las actas procesales que conforman la presente causa a los fines de actualizar el computo de la sanción que cumple el sancionado xxxxxxxxxxxxxxx, en la causa seguida por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en el artículo 406 numeral 1 en concordancia con el artículo 84 numeral 3 ambos del Código Penal, en perjuicio de xxxxxxxxxxxxxxx, es por ello que este Tribunal procede a la práctica de cómputo de la sanción, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley; para lo cual se observa:
PRIMERO: En fecha Dos (02) de Octubre de Dos mil Trece (2013), el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sancionó al adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxx, por la comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en el artículo 406 numeral 1 en concordancia con el artículo 84 numeral 3 ambos del Código Penal, en perjuicio de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, a cumplir la medida de privación de libertad de privación de libertad por el lapso de UN (01) AÑO.
SEGUNDO: De la revisión de las actas se observa que el adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxx, quien debe cumplir la sanción por el lapso UN (01) AÑO, se encuentra detenido desde el 15 de agosto de 2013 hasta el día de hoy 11-02-2014, lleva privado CINCO (05) MESES y VEINTISEIS (26) DIAS, faltándole por cumplir SEIS (06) MESES y CUATRO (04) DIAS , que vencerán el 15 -08-2014.


DISPOSITIVA

En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, en la causa seguida por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en el artículo 406 numeral 1 en concordancia con el artículo 84 numeral 3 ambos del Código Penal, en perjuicio de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx y quien cumple la medida de privación de libertad, por el lapso de UN (01) AÑO, donde se determino que lleva privado CINCO (05) MESES y VEINTISEIS (26) DIAS, faltándole por cumplir SEIS (06) MESES y CUATRO(04) DIAS , que vencerán el 15 -08-2014.
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal , aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley,
Líbrese boleta de notificación a las partes, en la que se le informe que se practico cómputo en la causa que se le sigue a xxxxxxxxxxxxx, quien cumple la medida de privación de libertad, por el lapso de UN (01) AÑO, donde se determino que lleva privado lleva privado CINCO (05) MESES y VEINTISEIS (26) DIAS, faltándole por cumplir SEIS (06) MESES y CUATRO (04) DIAS, que vencerán el 15 -08-2014.
En Cumaná, a los once (11) días del mes de febrero de 2014.-
ABG. Yomari Figueras Mendoza.-
JUEZ DE EJECUCION PENAL ADOLESCENTES.-


Secretario.-
Abg. DOANALMY ROMAN.-