REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES
EN FUNCIONES DE CONTROL-CUMANÁ
Cumaná, 6 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-001159
ASUNTO : RP01-P-2014-001159

AUTO QUE PROVEE SOLICITUD DE ALLANAMIENTO

Visto el oficio No. F3-1C-19-175-2014, de fecha 06 de FEBRERO de 2014, debidamente suscrito por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita de este Juzgado una ORDEN DE ALLANAMIENTO la cual ha de practicarse en la siguiente dirección: “AVENIDA PANAMERICANA, CASA SIN NUMERO, CON SU FACHADA A BASE DE BLOQUES REVESTIDA DE PINTURA COLOR AZUL Y UNA PUERTA DEL TIPO BATIENTE REVESTIDA DE PINTURA COLOR DORADA donde reside el ciudadano apodado DANNY JOSE FIGUERAS RENGEL, donde presuntamente se encuentra armas de fuego, auto partes pertenecientes a vehículos que se encuentran incursos en diferentes delitos contemplado en la ley sobre el hurto y robo de vehículos automotores y cualquier otra evidencias de interés criminalístico las cuales guardan relación con la causa signada K-14-0174-00308, instruida por unos de los delitos contemplado en LA LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES. Asimismo solicita que los Funcionarios: Detectives Jefe LUIS SOTILLO; JOSE MAIZ; ROXANA BRUZUAL; LEAN RODRÍGUEZ; LEONARDO LOBATON; Detective Agregado OLIVER FIGUERA; LUIS DIAZ y YOEL GONZALEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científico, Penales y Criminalístico-Subdelegación de Cumana Estado Sucre; de conformidad con lo establecido en el artículo 197 reformado del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que en atención a todo ello, este Tribunal considera que se encuentran llenos los presupuestos de exigencias de la norma en mención y a los solos fines de la investigación pertinente, este Tribunal SEXTO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ACUERDA autorizar a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, para realizar dicho allanamiento con la cooperación de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas destacados en esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, Funcionarios: Detectives Jefe LUIS SOTILLO; JOSE MAIZ; ROXANA BRUZUAL; LEAN RODRÍGUEZ; LEONARDO LOBATON; Detective Agregado OLIVER FIGUERA; LUIS DIAZ y YOEL GONZALEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científico, Penales y Criminalístico-Subdelegación de Cumana Estado Sucre, quienes no obstante la presente autorización, deberán presentar junto con la ORDEN DE ALLANAMIENTO, sus respectivas credenciales.- conforme a los artículos 297 y 298 reformado del Código Orgánico Procesal Penal. La presente autorización de orden de allanamiento tiene un plazo para ser ejecutada, no mayor de setenta y dos (72) horas, contado a partir del día de hoy a las 06:00 P.m. Igualmente Se Remiten Las Actuaciones A La Fiscalía Tercera Del Ministerio Publico- Cúmplase.-
LA JUEZA SEXTA DE CONTROL
EL SECRETARIO
ABG. CARMEN VICTORIA RIVAS
ABG. YVETTE FIGUEROA





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES
EN FUNCIONES DE CONTROL-CUMANÁ
Cumaná, 6 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-001159
ASUNTO : RP01-P-2014-001159



ORDEN DE ALLANAMIENTO
SE HACE SABER:

Al propietario, poseedor, inquilino o cualquier otra persona que se encuentre en el inmueble ubicado en la siguiente dirección: “AVENIDA PANAMERICANA, CASA SIN NUMERO, CON SU FACHADA A BASE DE BLOQUES REVESTIDA DE PINTURA COLOR AZUL Y UNA PUERTA DEL TIPO BATIENTE REVESTIDA DE PINTURA COLOR DORADA donde reside el ciudadano apodado DANNY JOSE FIGUERAS RENGEL, donde presuntamente se encuentra armas de fuego, auto partes pertenecientes a vehículos que se encuentran incursos en diferentes delitos contemplado en la ley sobre el hurto y robo de vehículos automotores y cualquier otra evidencias de interés criminalístico las cuales guardan relación con la causa signada K-14-0174-00308, instruida por unos de los delitos contemplado en LA LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES. Asimismo solicita que los Funcionarios: Detectives Jefe LUIS SOTILLO; JOSE MAIZ; ROXANA BRUZUAL; LEAN RODRÍGUEZ; LEONARDO LOBATON; Detective Agregado OLIVER FIGUERA; LUIS DIAZ y YOEL GONZALEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científico, Penales y Criminalístico-Subdelegación de Cumana Estado Sucre; de conformidad con lo establecido en el artículo 197 reformado del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que en atención a todo ello, este Tribunal considera que se encuentran llenos los presupuestos de exigencias de la norma en mención y a los solos fines de la investigación pertinente, este Tribunal SEXTO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ACUERDA autorizar a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, para realizar dicho allanamiento con la cooperación de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas destacados en esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, Funcionarios: Detectives Jefe LUIS SOTILLO; JOSE MAIZ; ROXANA BRUZUAL; LEAN RODRÍGUEZ; LEONARDO LOBATON; Detective Agregado OLIVER FIGUERA; LUIS DIAZ y YOEL GONZALEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científico, Penales y Criminalístico-Subdelegación de Cumana Estado Sucre, quienes no obstante la presente autorización, deberán presentar junto con la ORDEN DE ALLANAMIENTO, sus respectivas credenciales.- conforme a los artículos 297 y 298 reformado del Código Orgánico Procesal Penal. La presente autorización de orden de allanamiento tiene un plazo para ser ejecutada, no mayor de setenta y dos (72) horas, contado a partir del día de hoy a las 06:00 P.m.-

DIOS Y FEDERACIÓN

Abg. CARMEN VICTORIA RIVAS
JUEZ SEXTO DE CONTROL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES
EN FUNCIONES DE CONTROL-CUMANÁ
Cumaná, 6 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-001159
ASUNTO : RP01-P-2014-001159

AUTO QUE PROVEE SOLICITUD DE ALLANAMIENTO

Visto el oficio No. F3-1C-19-173-2014, de fecha 06 de FEBRERO de 2014, debidamente suscrito por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita de este Juzgado una ORDEN DE ALLANAMIENTO la cual ha de practicarse en la siguiente dirección: “AVENIDA PANAMERICANA, AL LADO DEL BODEGÓN LOS HERNÁNDEZ, FACHADA DE COLOR BEIGE, CON REJAS BLANCAS, DE DOS NIVELES, donde reside el ciudadano apodado “EL VENAO”, donde presuntamente se encuentra armas de fuego, auto partes pertenecientes a vehículos que se encuentran incursos en diferentes delitos contemplado en la ley sobre el hurto y robo de vehículos automotores y cualquier otra evidencias de interés criminalístico las cuales guardan relación con la causa signada K-14-0174-00308, instruida por unos de los delitos contemplado en LA LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES. Asimismo solicita que los Funcionarios: Detectives Jefe LUIS SOTILLO; JOSE MAIZ; ROXANA BRUZUAL; LEAN RODRÍGUEZ; LEONARDO LOBATON; Detective Agregado OLIVER FIGUERA; LUIS DIAZ y YOEL GONZALEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científico, Penales y Criminalístico-Subdelegación de Cumana Estado Sucre; de conformidad con lo establecido en el artículo 197 reformado del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que en atención a todo ello, este Tribunal considera que se encuentran llenos los presupuestos de exigencias de la norma en mención y a los solos fines de la investigación pertinente, este Tribunal SEXTO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ACUERDA autorizar a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, para realizar dicho allanamiento con la cooperación de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas destacados en esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, Funcionarios: Detectives Jefe LUIS SOTILLO; JOSE MAIZ; ROXANA BRUZUAL; LEAN RODRÍGUEZ; LEONARDO LOBATON; Detective Agregado OLIVER FIGUERA; LUIS DIAZ y YOEL GONZALEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científico, Penales y Criminalístico-Subdelegación de Cumana Estado Sucre, quienes no obstante la presente autorización, deberán presentar junto con la ORDEN DE ALLANAMIENTO, sus respectivas credenciales.- conforme a los artículos 297 y 298 reformado del Código Orgánico Procesal Penal. La presente autorización de orden de allanamiento tiene un plazo para ser ejecutada, no mayor de setenta y dos (72) horas, contado a partir del día de hoy a las 06:00 P.m. Igualmente Se Remiten Las Actuaciones A La Fiscalía Tercera Del Ministerio Publico- Cúmplase.-
LA JUEZA SEXTA DE CONTROL
EL SECRETARIO
ABG. CARMEN VICTORIA RIVAS
ABG. YVETTE FIGUEROA







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES
EN FUNCIONES DE CONTROL-CUMANÁ
Cumaná, 6 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-001159
ASUNTO : RP01-P-2014-001159

ORDEN DE ALLANAMIENTO
SE HACE SABER:

Al propietario, poseedor, inquilino o cualquier otra persona que se encuentre en el inmueble ubicado en la siguiente dirección: “AVENIDA PANAMERICANA, AL LADO DEL BODEGÓN LOS HERNÁNDEZ, FACHADA DE COLOR BEIGE, CON REJAS BLANCAS, DE DOS NIVELES, donde reside el ciudadano apodado “EL VENAO”, donde presuntamente se encuentra armas de fuego, auto partes pertenecientes a vehículos que se encuentran incursos en diferentes delitos contemplado en la ley sobre el hurto y robo de vehículos automotores y cualquier otra evidencias de interés criminalístico las cuales guardan relación con la causa signada K-14-0174-00308, instruida por unos de los delitos contemplado en LA LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES. Asimismo solicita que los Funcionarios: Detectives Jefe LUIS SOTILLO; JOSE MAIZ; ROXANA BRUZUAL; LEAN RODRÍGUEZ; LEONARDO LOBATON; Detective Agregado OLIVER FIGUERA; LUIS DIAZ y YOEL GONZALEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científico, Penales y Criminalístico-Subdelegación de Cumana Estado Sucre; de conformidad con lo establecido en el artículo 197 reformado del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que en atención a todo ello, este Tribunal considera que se encuentran llenos los presupuestos de exigencias de la norma en mención y a los solos fines de la investigación pertinente, este Tribunal SEXTO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ACUERDA autorizar a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, para realizar dicho allanamiento con la cooperación de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas destacados en esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, Funcionarios: Detectives Jefe LUIS SOTILLO; JOSE MAIZ; ROXANA BRUZUAL; LEAN RODRÍGUEZ; LEONARDO LOBATON; Detective Agregado OLIVER FIGUERA; LUIS DIAZ y YOEL GONZALEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científico, Penales y Criminalístico-Subdelegación de Cumana Estado Sucre, quienes no obstante la presente autorización, deberán presentar junto con la ORDEN DE ALLANAMIENTO, sus respectivas credenciales.- conforme a los artículos 297 y 298 reformado del Código Orgánico Procesal Penal. La presente autorización de orden de allanamiento tiene un plazo para ser ejecutada, no mayor de setenta y dos (72) horas, contado a partir del día de hoy a las 06:00 P.m.-

DIOS Y FEDERACIÓN

Abg. CARMEN VICTORIA RIVAS
JUEZ SEXTO DE CONTROL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES






REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES
EN FUNCIONES DE CONTROL-CUMANÁ
Cumaná, 6 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-001159
ASUNTO : RP01-P-2014-001159

AUTO QUE PROVEE SOLICITUD DE ALLANAMIENTO

Visto el oficio No. F3-1C-19-174-2014, de fecha 06 de FEBRERO de 2014, debidamente suscrito por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita de este Juzgado una ORDEN DE ALLANAMIENTO la cual ha de practicarse en la siguiente dirección: “PRIMERA CALLE BARRIO VENEZUELA, VIVIENDA CON FACHADA REVESTIDA DE PINTURA DE COLOR AMARILLO Y REJAS VERDE, lugar donde reside el ciudadano apodado “EL PELLO”, donde presuntamente se encuentra armas de fuego, auto partes pertenecientes a vehículos que se encuentran incursos en diferentes delitos contemplado en la ley sobre el hurto y robo de vehículos automotores y cualquier otra evidencias de interés criminalístico las cuales guardan relación con la causa signada K-14-0174-00308, instruida por unos de los delitos contemplado en LA LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES. Asimismo solicita que los Funcionarios: Detectives Jefe LUIS SOTILLO; JOSE MAIZ; ROXANA BRUZUAL; LEAN RODRÍGUEZ; LEONARDO LOBATON; Detective Agregado OLIVER FIGUERA; LUIS DIAZ y YOEL GONZALEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científico, Penales y Criminalístico-Subdelegación de Cumana Estado Sucre; de conformidad con lo establecido en el artículo 197 reformado del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que en atención a todo ello, este Tribunal considera que se encuentran llenos los presupuestos de exigencias de la norma en mención y a los solos fines de la investigación pertinente, este Tribunal SEXTO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ACUERDA autorizar a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, para realizar dicho allanamiento con la cooperación de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas destacados en esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, Funcionarios: Detectives Jefe LUIS SOTILLO; JOSE MAIZ; ROXANA BRUZUAL; LEAN RODRÍGUEZ; LEONARDO LOBATON; Detective Agregado OLIVER FIGUERA; LUIS DIAZ y YOEL GONZALEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científico, Penales y Criminalístico-Subdelegación de Cumana Estado Sucre, quienes no obstante la presente autorización, deberán presentar junto con la ORDEN DE ALLANAMIENTO, sus respectivas credenciales.- conforme a los artículos 297 y 298 reformado del Código Orgánico Procesal Penal. La presente autorización de orden de allanamiento tiene un plazo para ser ejecutada, no mayor de setenta y dos (72) horas, contado a partir del día de hoy a las 06:00 P.m. Igualmente Se Remiten Las Actuaciones A La Fiscalía Tercera Del Ministerio Publico- Cúmplase.-
LA JUEZA SEXTA DE CONTROL
EL SECRETARIO
ABG. CARMEN VICTORIA RIVAS
ABG. YVETTE FIGUEROA







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES
EN FUNCIONES DE CONTROL-CUMANÁ
Cumaná, 6 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-001159
ASUNTO : RP01-P-2014-001159

ORDEN DE ALLANAMIENTO
SE HACE SABER:

Al propietario, poseedor, inquilino o cualquier otra persona que se encuentre en el inmueble ubicado en la siguiente dirección: “PRIMERA CALLE BARRIO VENEZUELA, VIVIENDA CON FACHADA REVESTIDA DE PINTURA DE COLOR AMARILLO Y REJAS VERDE, lugar donde reside el ciudadano apodado “EL PELLO”, donde presuntamente se encuentra armas de fuego, auto partes pertenecientes a vehículos que se encuentran incursos en diferentes delitos contemplado en la ley sobre el hurto y robo de vehículos automotores y cualquier otra evidencias de interés criminalístico las cuales guardan relación con la causa signada K-14-0174-00308, instruida por unos de los delitos contemplado en LA LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES. Asimismo solicita que los Funcionarios: Detectives Jefe LUIS SOTILLO; JOSE MAIZ; ROXANA BRUZUAL; LEAN RODRÍGUEZ; LEONARDO LOBATON; Detective Agregado OLIVER FIGUERA; LUIS DIAZ y YOEL GONZALEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científico, Penales y Criminalístico-Subdelegación de Cumana Estado Sucre; de conformidad con lo establecido en el artículo 197 reformado del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que en atención a todo ello, este Tribunal considera que se encuentran llenos los presupuestos de exigencias de la norma en mención y a los solos fines de la investigación pertinente, este Tribunal SEXTO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ACUERDA autorizar a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, para realizar dicho allanamiento con la cooperación de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas destacados en esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, Funcionarios: Detectives Jefe LUIS SOTILLO; JOSE MAIZ; ROXANA BRUZUAL; LEAN RODRÍGUEZ; LEONARDO LOBATON; Detective Agregado OLIVER FIGUERA; LUIS DIAZ y YOEL GONZALEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científico, Penales y Criminalístico-Subdelegación de Cumana Estado Sucre, quienes no obstante la presente autorización, deberán presentar junto con la ORDEN DE ALLANAMIENTO, sus respectivas credenciales.- conforme a los artículos 297 y 298 reformado del Código Orgánico Procesal Penal. La presente autorización de orden de allanamiento tiene un plazo para ser ejecutada, no mayor de setenta y dos (72) horas, contado a partir del día de hoy a las 06:00 P.m.-

DIOS Y FEDERACIÓN

Abg. CARMEN VICTORIA RIVAS
JUEZ SEXTO DE CONTROL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES